José María ‘Chema’ Salcedo te explica en qué consiste este proceso democrático, cómo se realiza y para qué casos es aplicable.
El referéndum es la aprobación o el rechazo, el sí o el no de los ciudadanos ante ciertas decisiones del gobierno, el estado, actos administrativos que tienen que ver con temas políticos o sociales en un país.
Los tipos. Se trata de un mecanismo legal de consulta popular que funciona en nuestro régimen democrático. Hay más de 10 tipos de referéndums, entre ellos los revocatorios, legales, constitucionales, de independencia y otros.
El proceso. “La Carta del 93 puso el tema del referéndum para eventualmente aprobar la reforma de la constitución o también para tener iniciativa legislativa, dar leyes, pero en realidad ha sido muy poco usado para esto. De ese año para acá se han hecho solo dos referéndums con resultados adversos. El procedimiento pasa por juntar firmas que lleguen al 10% del colegio electoral. Estas se presentan ante la ONPE y una vez que esta le da pase, se comunica al Congreso para que promueva la iniciativa legislativa, se convoque a alecciones y se vote”, explica el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga.
Las limitaciones. Pero claro, no todo se puede someter al referéndum, como por ejemplo la supresión de los derechos fundamentales de la persona, normas de carácter tributario y presupuestal, además de tratados internacionales vigentes. No se pueden someter a consultar popular, aunque claro, se prestan a la discusión sobre si son normas de carácter intocable o no.
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