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Minjus: Difusión de datos de personas con COVID-19 se puede sancionar hasta con S/ 215,000

El ministro recomendó a los establecimientos de salud la implementación de medidas de seguridad para proteger los datos de los pacientes.
El ministro recomendó a los establecimientos de salud la implementación de medidas de seguridad para proteger los datos de los pacientes. | Fuente: Presidencia Perú

El ministro Fernando Castañeda informó que revelar estos datos sin el consentimiento del paciente vulnera la esfera más íntima de la persona y puede generar discriminación. Agregó que esto infringe la ley de Proteccion de Datos Personales y las multas van desde 21,500 hasta 215,000 soles

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La difusión de datos personales de las personas diagnosticadas con la COVID-19, sin su consentimiento expreso, podrá ser sancionada y multada con hasta 215 mil soles, según advirtió el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda Portocarrero.

Según explicó, está prohibido revelar los nombres, fotos, dirección o historial clínico de los pacientes sin su conocimiento, debido a que esto vulnera “la esfera más íntima de la persona” y puede generar discriminación y estigma.

En esa línea, el ministro recomendó a los establecimientos de salud la implementación de medidas de seguridad para que los datos de los pacientes no lleguen a personas no autorizadas y enfatizó que la única institución oficial autorizada a brindar información sobre los casos confirmados del nuevo coronavirus es el Ministerio de Salud.

"Al tratarse de datos de salud, el consentimiento del paciente debe darse por escrito. Omitir este proceso constituye una infracción grave a la Ley de Protección de Datos Personales y es sancionada con una multa que va desde los 21,500 a los 215,000 soles", puntualizó.

El ministro precisó que si estos datos son publicados en Internet, la persona afectada puede solicitar su retiro mediante un mensaje o correo electrónico a los titulares de la cuenta y si no tiene respuesta en un plazo de 10 días, puede presentar un reclamo formal.

Sostuvo también que las y los pacientes que hayan visto vulnerada su privacidad, pueden acudir a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia, a través del correo protegetusdatos@minjus.gob.pe

Anotó que en el caso de las personas fallecidas cuya identidad es revelada, así como las razones de su fallecimiento, se viola el derecho a la imagen y a la intimidad de la vida familiar, por lo que sus allegados pueden presentar denuncia por daño familiar y afectación de la imagen.

 Andina

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