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Defensoría de la PNP dice que ley que permite a policías abatir en casos de flagrancia "tiene que cumplirse con retroactividad"

Máximo Ramírez:
Máximo Ramírez: "En flagrancia delictiva, yo tengo 24 horas para ubicar al delincuente y, si es posible, abatirlo. Lo abato, porque la ley me lo está permitiendo". | Fuente: Mininter

Máximo Ramírez, director general de la Defensoría de la PNP, dice que la norma es para "darle la protección al policía" y descartó que se use en marchas ciudadanas, porque "los policías en las marchas no van con armas".

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El último domingo, el Ejecutivo oficializó la norma impulsada por el Congreso que modifica el Decreto Legislativo 1186 e "incorpora el uso de armas de fuego en caso de flagrante delito". Esta ley modifica tres artículos de la normativa vigente, vinculados al empleo de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP).

En ese sentido, precisa que se puede emplear "medios no letales" para "contrarrestar o superar el nivel de agresión o resistencia que atenten contra el orden público y la seguridad ciudadana", y agrega un párrafo en lo que respecta a circunstancias y reglas de conducta en el uso de la fuerza.

"En los casos de flagrancia, cuando se utilicen armas de fuego, armas letales inoperativas, armas falsas u otros elementos de evidente peligrosidad, que pongan o hagan presumir al efectivo policial que su vida o la de otra persona se encuentran en grave riesgo, este último puede abatir al agresor en el lugar de los hechos, considerándose esta acción como defensa propia", indica.

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PNP pide retroactividad: "La norma ya está y tiene que cumplirse"

Al respecto, el general PNP Máximo Ramírez, director general de la Defensoría de la PNP, en diálogo con RPP, señaló que la ley promulgada "lo que viene a hacer es darle la protección al policía para que pueda abatir a un delincuente en flagrancia delictiva" y pidió que sea aplicada por los operadores del sistema de justicia, y con retroactividad.

"Lo que se necesita ahora es que los señores fiscales y magistrados del Poder Judicial apliquen la norma, porque existen normas que han salido y no se aplican, como la ley de protección policial, que ha sido ya aprobada por el Tribunal Constitucional, y muchas normas que han salido, como la ley de la investigación preliminar, que tampoco no se aplica. Entonces, yo no entiendo, si el Congreso está sacando normativas y el Ejecutivo la aprueba es para aplicarla. Y espero que esta norma se aplique y con retroactividad, por ejemplo, con retroactividad para el caso de Elvis Miranda, para ya absolverlo y no estar enjuiciándolo, porque ya van 6 años de juicio", aseveró.

"Es cuestión de los operadores de justicia, ellos son los que tienen que cumplir. La norma ya está y tiene que cumplirse", sentenció.

Asimismo, Ramírez indicó que ahora los efectivos policiales actuarán "con mayor rigidez en sus intervenciones" y que "atrás de ellos va a haber una defensa legal", ya que, según señaló, se ha creado fiscalías para "perseguir policías".

"Por eso se han captado doscientos profesionales abogados para justamente dar ese apoyo legal a los policías que ahora tienen una seguridad jurídica en sus intervenciones, y no queden solos, y después de un proceso, inclusive, los procesan por derechos humanos y una serie de hechos. Realmente hay fiscalías que se han creado solamente para perseguir policías", enfatizó.

Además, consideró que la norma "no es una carta abierta de decir ‘oye, policía, sal a matar’", porque "es una modificación al Decreto Legislativo 1186, que establece parámetros, el momento en que vas a usar el arma, porque el Decreto Legislativo 1186 está basado en los derechos humanos, como principio". Sin embargo, consideró que esa normativa previa "todavía no era entendida claramente por las autoridades de justicia, llámese Ministerio Público y Poder Judicial".

"En cierta forma recoge principios del Decreto Legislativo 1186, pero viene a ser más precisa, más clara, como decimos los abogados ‘es pa' bruto’. Entonces, si ya tú ves que un policía intervino y abatió a un delincuente, entonces, porque encontraron un arma, que era una réplica, yo no voy a decir ‘oye, mira, tenía una réplica y te vas a ir preso’, indudablemente que no. Lo bueno es que esta norma viene a evitar, justamente, casos de policías que han abatido a delincuentes, como el caso de Elvis Miranda, que hasta ahora sigue el señor procesado porque abatió a un delincuente", explicó.

Además, sostuvo que, como se trata de flagrancia delictiva, el policía tendrá "24 horas para ubicar al delincuente y, si es posible, abatirlo". "Lo abato, porque la ley me lo está permitiendo", resaltó.

Asimismo, indicó que no se aplicará en contextos de marchas ciudadanas, porque, según dijo, en esos casos los policías no llevan armas.

"Esta arma no está permitida para los casos de marchas y eso, no está permitido tampoco, porque los policías en las marchas no van con armas, los policías en las marchas van sin armas, solamente van con otros elementos de protección", aseveró.

Lamas Puccio: "Lo que está haciendo esta ley es reiterar lo que ya estaba establecido"

Sobre la promulgación de la norma, el abogado Luis Lamas Puccio, en diálogo con RPP, la consideró "reiterativa", ya que el Código Penal ya tiene establecido de manera clara y precisa cómo debe actuar un policía con su arma de fuego en casos de flagrancia y que ello no significa que se tenga que matar a un delincuente.

“Lo que está haciendo esta ley es reiterar lo que ya estaba establecido desde que entró en vigencia el Código Penal en 1991 a través del cual queda clarísimo que un policía cuando hace uso de sus armas de reglamento, siempre y cuando haya una razón que lo justifique, en tanto que lo que mella es la vida del custodio o la seguridad de cualquier persona, está exento de responsabilidad”, sostuvo.

En esa línea, Lamas Puccio cuestionó que la mandataria haya promulgado esta norma y señaló que dicha decisión tendría un trasfondo estrictamente político y no operativo.

“Es un discurso, es una alegoría a la ley y nada más, pero si la señora presidenta está bien asesorada tiene que estar totalmente informada que eso ya estaba establecido en la ley”, dijo.

Añadió que se ha llevado la norma a “la dimensión política”, lo que podría generar malas interpretaciones de esta. Explicó, en ese sentido, que al incorporar el carácter procesal del estado de flagrancia y señalar que el agente puede abatir dejaría entrever que se puede matar al delincuente, algo que dijo no necesariamente cae en la figura de legítima defensa.

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Luis Felipe Rodriguez Jimenez

Luis Felipe Rodriguez Jimenez Redactor web / Periodista

Periodista formado en las aulas sanmarquinas. Trabajo en temas políticos y culturales

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