El presidente del Poder Judicial explicó que esta posibilidad "está abierta". Sobre los allanamientos a la viviendas de Yoshiyama y Bedoya, dijo que los jueces no escogen a quiénes se investiga.
El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, señaló este miércoles en RPP Noticias que ante una nueva moción de vacancia presidencial podrían presentarse acciones de amparo para dejarla sin afecto, como ocurrió durante el primer proceso de este tipo en diciembre pasado. Desde el martes, en el Congreso vienen recolectándose firmas para presentar ante la Mesa Directiva este nuevo pedido para destituir al presidente Pedro Pablo Kuczynski.
"Esa posibilidad está abierta", dijo el presidente de la Corte Suprema cuando le preguntaron si el propio presidente podría presentar un recurso de este tipo. "En la oportunidad anterior, cuando se hizo el primer pedido de vacancia, se presentaron, si recuerdo bien, 14 acciones de amparo ante diferentes juzgados de Lima. Como la solitud de vacancia no fue admitida en el Congreso, quedaron sin efecto, pero sí se presentaron y no está exonerada esta oportunidad de que se vuelva a hacer lo mismo".
Rodríguez agregó, sin embargo, que el Poder Judicial es respetuoso "de las atribuciones que tienen los otros poderes del Estado. Si se da curso a la solicitud de vacancia en una segunda oportunidad, será el Congreso el que le dé el trámite que corresponde". La moción, impulsada por Nuevo Perú y Frente Amplio, ya suma 22 de las 26 firmas necesarias para que sea presentada. Si es admitida a debate, requiere 87 votos para que sea aprobada.
Sobre los allanamientos
Cuestionado por los allanamientos a las viviendas de Jaime Yoshiyama y Augusto Bedoya, a quienes Jorge Barata señaló -según versiones periodísticas- como receptores del dinero que Odebrecht dio a la campaña presidencial del fujimorismo, Rodríguez explicó que este fue autorizado por un juez de Lima (Richard Concepción Carhuancho) a pedido de un fiscal de Lima (José Domingo Pérez). "El Poder Judicial nunca actúa de oficio, se limita a resolver los pedidos de las partes que actúan en un proceso".
"Es la Fiscalía la que solicita a un juez de investigación preparatoria, que es un juez de garantías, medidas limitativas que afectan derechos fundamentales como la inviolabilidad del domicilio, la libertad", señaló. "No es el Poder judicial el que escoge a quién va a investigar y a quién va a limitar algunos derechos, es el Ministerio Público. Yo solo puedo responder por lo que hace el Poder Judicial".
Rodríguez agregó que para que un fiscal pida un allanamiento y par que el juez lo apruebe, hay condiciones como que "el delito que se está investigando supere los cuatro años de pena mínima. No se puede pedir allanamiento de domicilio, por ejemplo, en un delito de lesiones simples, de hurto". En el caso de la investigación que lleva a cabo el fiscal José Domingo Pérez, indicó que, según entiende, "se está investigando el delito de activos, considerado un delito grave".
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