La norma aprobada por el Congreso permite que los partidos políticos que incurran en delitos no podrán ser disueltos, clausurados o suspendidos. Solo serán sancionados de acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas que establece multas administrativas.
El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la ley que excluye de responsabilidad penal a los partidos políticos. Es decir, las organizaciones políticas no podrán ser procesadas a nivel judicial por determinados delitos que se les imputen.
La norma promulgada fue publicada en una edición extraordinaria de El Peruano. La “Ley que optimiza la democracia representativa y establece medidas de lucha contra la corrupción en las organizaciones políticas" señala que los partidos políticos que incurran en delitos no podrán ser disueltos, clausurados o suspendidos. Solo serán sancionadas de acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas que establece multas administrativas.
El Congreso dispuso en la norma modificar el artículo 105 del Código Penal incorporando dos párrafos en el Decreto Legislativo 635. El dictamen indica que ya no se puedan aplicar las medidas 1, 2 y 3 (clausura de locales, disolución de la organización y suspensión de actividades) a un partido político, así lo decida un juez.
El parlamento también modificó el artículo 5 de la Ley 30424, que establece sanciones administrativas contra personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional. En este caso, según la norma aprobada, un juzgado tampoco podría aplicar lo siguiente a una organización política:
- Inhabilitación (en las distintas modalidades que establece la Ley).
- Clausura de sus locales o establecimientos, con carácter temporal o definitivo. La clausura temporal es no menor de un año ni mayor de cinco años.
- Disolución.
Críticas a la norma
El abogado penalista Luis Lamas Puccio tachó de “arbitraria e ilegal” la decisión del Congreso de aprobar el proyecto de ley que establece que los partidos políticos no podrán ser disueltos, clausurados o suspendidos por los delitos cometidos por sus integrantes.
En el programa Las cosas como son de RPP TV, explicó que “cualquier agrupación humana con fines políticos, empresariales, deportivos o asociativos, puede ser utilizada como una persona jurídica para poder desarrollar actividades criminales”.
Por su parte, el abogado penalista Antonio Maldonado también expresó su preocupación ante la aprobación de esta Ley por parte del Congreso.
“Constituye un gravísimo retroceso en cuanto a la lucha contra la impunidad, derivada de la intervención de partidos políticos en la comisión de diversos delitos. Por ejemplo, financiamiento ilegal de campañas políticas, lavado de dinero o captura de instituciones”, refirió el especialista.
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