Samuel Abad, abogado de la JNJ, indicó que el quórum para que sesionen los magistrados es de 5 miembros, y que, al no poder asumir los suplentes, en la práctica la entidad "no podría funcionar", con lo que se paralizarían todos los procedimientos disciplinarios.
Judiciales
Samuel Abad ejerció la defensa de 5 magistrados de la JNJ ante la Comisión Permanente
La Comisión Permanente del Congreso aprobó esta tarde el informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que recomienda acusar constitucionalmente e inhabilitar por 10 años a los magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Al respecto, Samuel Abad, quien fue el abogado defensor de 5 magistrados de la JNJ en la sesión de dicha comisión, en diálogo con RPP, calificó la decisión como un "atentado" contra la autonomía e independencia de dicha entidad ante una "discrepancia interpretativa".
"Lamentablemente, la decisión de la Comisión Permanente ha sido aprobar el informe de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que pretende inhabilitar a los 7 integrantes de la JNJ por, básicamente, una discrepancia interpretativa sobre un tema de la edad en la permanencia en el cargo de la magistrada Inés Tello", explicó.
"Es algo así como pretender destituir a toda la Corte Suprema, pretender destituir a todo el Tribunal Constitucional (TC), básicamente porque algunos congresistas no comparten el criterio interpretativo sobre una resolución adoptada por una institución. Esto significa atentar contra la autonomía e independencia de la JNJ", agregó.
Existe el riesgo de que la JNJ "no pueda funcionar"
Asimismo, el abogado alertó que, de prevalecer el criterio del informe de Esdras Medina en el pleno del Congreso y, eventualmente, se destituyera a los magistrados de la JNJ, hay 3 suplentes que superan los 75 años, por lo que no podrían asumir el cargo.
"La JNJ no podría funcionar, sencillamente porque tres de los suplentes ya superaron el límite de acceso de los 75 años. Ellos no podrían acceder al cargo porque tienen más de 75 años; es decir solo quedarían 4 integrantes (y) con ello no hay quórum", sostuvo.
"Eso significa que la Junta no podría operar y las facultades de designar jueces, destituir jueces no podrían realizarse. En consecuencia, lo que no se toma en cuenta es la gravedad de lo que se está planteando, que destituir a todos los integrantes de la junta va a significar que no puede operar y se quede con procedimientos disciplinarios que se archivarán, con designaciones de jueces que no prosperarán porque no hay quórum en la sala", precisó.
Abad resaltó que ante la imposibilidad de que los suplentes asumen, en la práctica, la JNJ estaría paralizada y "los procedimientos disciplinarios no se podrían llevar a cabo y se afectaría a todo el sistema de justicia".
Asimismo, insistió con los argumentos de defensa a la JNJ, en virtud a los cuales no habría actuado inconstitucionalmente respecto a la permanencia de la magistrada Luz Tello de Ñecco.
"No se puede -cuatro años después de un acuerdo interpretativo efectuado por la JNJ, porque esto ocurrió el 2020- decir que se tomó una interpretación no razonable y por tanto se le destituye. Lo que hemos evidenciado hoy con videos, audios y grabaciones de público conocimiento es que los integrantes de la Comisión Especial que designaron a Luz Tello (…), en ese momento (…) reconocieron que era por 5 años", aseveró.
"Después han cambiado de opinión, pero que hayan cambiado de opinión no significa que en su momento no la hayan designado por 5 años, porque así se le tomó el juramento (…) y el propio presidente del TC, Ernesto Blume Fortini, dijo que era por 5 años. Incluso, durante el procedimiento ante la SAC, no se citó a uno de los integrantes de esa Comisión Especial (…), solo han tomado en cuenta a aquellas opiniones que ahora han cambiado", puntualizó.
Por su parte, el vicepresidente de la JNJ, Aldo Vásquez, en declaraciones a la prensa tras presentarse en la Comisión Permanente, resaltó los riesgos que representa que la JNJ no tenga quórum para ejercer sus funciones constitucionales, ante una eventual destitución de los magistrados titulares en el pleno del Congreso.
"Más allá de las circunstancias personales, la afectación fundamental es a la institucionalidad de la JNJ, porque, como ha sido señalado, esta no podría operar. Si el argumento para la destitución de los miembros es una interpretación sobre el rango de edad, es evidente que no podrían acceder los tres suplentes que superan los 75 años, con lo que la JNJ quedaría bloqueada para el cumplimiento de sus funciones constitucionales", señaló.
"Para que la JNJ pueda operar, requiere de un quórum de 5 miembros; si no los hay, no se puede tomar absolutamente ninguna decisión de selección y nombramiento, de ratificación de jueces y fiscales, de ratificación de titulares de la ONPE y Reniec, no se puede convocar a concurso para titulares de ONPE y Reniec, no se puede tomar decisiones sobre ningún procedimiento disciplinario, generando con ello, en los casos donde pudiera haber responsabilidad disciplinaria, generando impunidad", puntualizó.
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