El colegiado se pronunció a favor de que el Cuarto Juzgado Penal admita a trámite la demanda presentada contra la fiscal, a fin de que aclare si durante el proceso se afectó los derechos de Orellana.
La Segunda Sala Penal de Reos Libres de la Corte Superior de Lima Norte no resolvió a favor del empresario Rodoldo Orellana el habeas corpus presentado por su defensa contra de la fiscal Marita Barreto, pero dispuso admitir a trámite la demanda constitucional.
El colegiado se pronunció a favor de que el Cuarto Juzgado Penal de esta jurisdicción admita a trámite la demanda constitucional presentada contra la fiscal, a fin de que aclare si durante el proceso se afectó los derechos de Orellana Rengifo.
En primera instancia dicho juzgado rechazó el referido recurso y lo declaró improcedente por carecer de sustento constitucional.
La sala, en la resolución, señala que la demanda de habeas corpus debe ser admitida a trámite, al no concurrir las causales de improcedencia establecidas en el artículo 5, inciso 1, del Código Procesal Constitucional.
En tal sentido, determinó que el recurso sea remitido al Cuarto Juzgado Penal de Lima Norte con el objetivo de que emita un pronunciamiento de fondo que esclarezca si se vulneró los derechos Orellana Rengifo.
El hábeas corpus presentado por la defensa de Orellana solicitaba la nulidad de todas las disposiciones, requerimientos y providencias emitidas por la fiscal Barreto Rivera a partir del 24 de marzo del 2015, al alegar que esta fue excluida de la investigación preparatoria por disposición superior.
La sala que emitió la resolución está integrada por los jueces David Lecaros Chávez, Agustín Reymundo Jorge y María Elena Jo Laos.
ANDINA
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