Mediante un documento el Instituto Nacional Penitenciario indicó que el exmandatario deberá cumplir en el penal Ancón II la prisión preventiva que se le dictó por los casos 'Lomas de Ilo' y 'Hospital Regional de Moquegua'.
El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) dispuso este viernes que el expresidente Martín Vizcarra sea trasladado al Establecimiento Penitenciario Ancón II para cumplir los cinco meses de prisión preventiva que se le impuso por los casos 'Lomas de Ilo' y 'Hospital Regional de Moquegua'. El exmandatario ya cumplía esta medida en el penal de Barbadillo.
A través de un comunicado, la entidad adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que una Junta Técnica de Clasificación dispuso que el exmandatario sea enviado al Establecimiento Penitenciario de Lurigancho. No obstante, "por seguridad penitenciaria" dispusieron que se le traslade al penal de Ancón II.
Precisaron, además, que el ambiente en el que estará Martín Vizcarra “cuenta con las condiciones adecuadas para su permanencia, además de brindarle la seguridad necesaria con el fin de salvaguardar su integridad física y/o psicológica”.
Cambio de prisión
El pasado 14 de agosto, el INPE determinó que el expresidente Martín Vizcarra cumpla los cinco meses de prisión preventiva que le impuso el Poder Judicial en el penal de Barbadillo, ubicado en las instalaciones de la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes), en el distrito de Ate.
Sin embargo, seis días después, el 20 de agosto, el INPE declaró nula la Clasificación del exmandatario en dicho penal y dispuso que una nueva junta clasifique el centro penitenciario en el que cumplirá la medida en su contra, para lo cual designó a tres funcionarios para formar dicho grupo.
Al respecto, la Defensoría del Pueblo expresó “su profunda preocupación” por la decisión del INPE y recordó que todas las personas privadas de libertad deben ser tratadas bajo los principios de igualdad, dignidad y no discriminación”.
Indicaron también que la asignación de expresidentes al establecimiento penitenciario Barbadillo se justifica por “objetivas razones de seguridad” y que ante situaciones no previstas en la directiva, las decisiones deben ser adoptadas por el Consejo Técnico Penitenciario o por la Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales y comunicadas a la Dirección de Tratamiento Penitenciario.
“La prisión preventiva dispuesta en contra del expresidente de la República, Martín Alberto Vizcarra Cornejo, implica mantener un criterio similar y objetivo frente a situaciones análogas, como el tratamiento penitenciario a los expresidentes de la República”, señalaron.