La congresista Rosio Torres, de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), es acusada de haber utilizado personal de su despacho para labores de campaña de su esposo Fernando Meléndez, cuando fue candidato al Gobierno Regional de Loreto.
La legisladora Rosio Torres continuará afrontando una investigación preliminar en la Fiscalía de la Nación por el presunto uso de su personal congresal para que realicen labores de campaña de su esposo, Fernando Meléndez, para ocupar el cargo de gobernador Regional de Loreto.
Esto debido a que el juez supremo Juan Carlos Checkley declaró “infundado” el pedido de control de plazo, a través del cual la legisladora solicitaba que se ordene al Ministerio Público concluir esta investigación preliminar que se le sigue por el presunto delito de peculado doloso en agravio del Estado y que se emita el pronunciamiento que corresponda en este caso.
La defensa legal de la parlamentaria alega una vulneración al debido proceso y al plazo razonable al sostener que la Fiscalía de la Nación abrió esta investigación preliminar, el 9 de septiembre del 2024, por un plazo distinto a los sesenta días que no admite ampliaciones o prórrogas.
También precisa que el plazo de 90 días que se estableció en este caso venció el 8 de diciembre del 2024 y que cuando previamente solicitaron a la Fiscalía de la Nación que diera por concluida esta investigación preliminar obtuvieron como respuesta una disposición fiscal, emitida el 5 de diciembre del 2024 y notificada el 12 de diciembre de ese año, por la cual se declaró compleja esta investigación preliminar y se fijó un plazo de ocho meses.
No obstante, para el mencionado juez supremo, la disposición fiscal que declaró compleja esta investigación preliminar y fijó un plazo de ocho meses resulta “valida” ya que fue emitida el 5 de diciembre del 2024, es decir, antes del vencimiento del plazo original de 90 días que se fijó inicialmente en este caso y que si esta disposición fue notificada el 12 de diciembre del 2024 obedeció a los consecutivos días no laborables y feriados.
Sobre los cuestionamientos que hizo la defensa legal de la legisladora respecto a la declaratoria de complejidad de esta investigación preliminar, el magistrado precisó que esta es una atribución que el Ministerio Publico la puede ejercer en atención a las facultades que le otorga nuestra Constitución Política y el Código Procesal Penal.
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