El Poder Judicial rechazo la recusación presentada por el exministro Juan Silva para apartar al juez supremo Juan Carlos Checkley del proceso penal que se le sigue junto al expresidente Pedro Castillo por los casos Puente Tarata y PetroPerú.
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PJ rechazó recusación del exministro Silva para apartar al juez supremo Checkley
El juez supremo Juan Carlos Checkley, seguirá interviniendo en la investigación preparatoria seguida al expresidente Pedro Castillo y los exministros Juan Francisco Silva y Geiner Alvarado por los casos acumulados Puente Tarata y PetroPerú.
Esto debido a que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundada la recusación presentada por el exministro de Transportes y Comunicaciones Juan Francisco Silva, con el que buscaba apartar a dicho magistrado de esta investigación preparatoria alegando una presunta falta de imparcialidad en su contra.
La defensa legal de Juan Silva atribuyó a Juan Carlos Checkley una presunta vinculación con el "fujimorismo" al presentar una resolución ministerial emitida el 28 de agosto del año 1990 en la que se lo designó como Director General, Nivel F5, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo durante la gestión del entonces titular de este sector Carlos Torres y Torres Lara.
Bajo ese contexto, en la recusación se da cuenta sobre enemistad manifiesta entre las agrupaciones políticas Perú Libre y Fuerza Popular lo que hace que dicho magistrado tenga un interés directo o indirecto en el resultado del proceso ante una eventual prisión preventiva o sentencia judicial.
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No obstante, la sala presidida por el juez supremo César San Martín determinó que el argumento de una vinculación de Juan Carlos Checkley al fujimorismo "es escueto e insuficiente" para establecer que el juez recusado tiene evidente interés en el resultado del proceso y menos que su imparcialidad este comprometida.
"La copia de la mencionada resolución solo evidencia que hace más de 32 años ejerció un cargo funcional en el régimen fujimorista y no ejercía la magistratura, pero no hace alegación alguna y menos acredita el interés directo o indirecto en que el resultado del proceso se oriente arbitrariamente contra el recusante, por ende, el cuestionamiento a la imparcialidad del recusado carece de fundamento y de prueba", se lee en la resolución del tribunal supremo a la que tuvo acceso RPP Noticias.
El colegiado supremo remarcó, además, que tampoco se alega y menos se acredita la existencia de una enemistad manifiesta, evidente o verificada entre Juan Carlos Checkley y Juan Silva "circunscribe su alegación a la existencia de facciones políticas enfrentadas en el Congreso de la República, lo cual en nada tiende a ser sustento fáctico de la enemistad que alega".
La sala suprema concluye que "la recusación, en los términos en que se encuentra planteada deviene en infundada por su falta de argumentación que sustente las causales invocadas y carencia de prueba idónea así como por no respetar la oportunidad para presentarla y apoyándose en una normativa que no corresponde".
El último 09 de marzo, el juez supremo dictó 36 meses de prisión preventiva contra Juan Francisco Silva, quien se encuentra en calidad de "no habido" por la justicia, al estar investigado en el Ministerio Público por los presuntos delitos de organización criminal y colusión en agravio del Estado a raíz de este caso.
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