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Posición del TC sobre extinción de dominio no limita la lucha contra la corrupción, señala abogado penalista

El experto en Derecho Penal, Julio Rodríguez, indicó que lo que hace la sentencia del Tribunal Constitucional es restringir la figura de extinción de dominio para situaciones donde opere la criminalidad, no la ilegalidad.

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Rodríguez mencionó que, en el contexto peruano, caracterizado por una alta informalidad, aplicar la extinción de dominio a actos ilegales sería desproporcionado.
Rodríguez mencionó que, en el contexto peruano, caracterizado por una alta informalidad, aplicar la extinción de dominio a actos ilegales sería desproporcionado. | Fuente: Andina

Julio Rodríguez, abogado penalista y profesor universitario, señaló que la resolución del Tribunal Constitucional sobre extinción de dominio es un reconocimiento al principio de inviolabilidad de la propiedad.

Según el jurista, "la propiedad es inviolable", pero existen excepciones, especialmente cuando se trata de bienes obtenidos a través de delitos graves que financian estructuras criminales.

Al respecto, Rodríguez explicó que el fallo no debilita la lucha contra la corrupción, como se ha sugerido, y argumentó que la norma sigue permitiendo la persecución de organizaciones criminales, pues el foco se mantiene en delitos que verdaderamente desestabilizan el Estado de Derecho.

"No todo lo ilegal significa que es criminal", dijo en Ampliación de Noticias de RPP, y subrayó la importancia de distinguir entre ilegalidades administrativas y delitos graves.

El abogado también mencionó que, en el contexto peruano, caracterizado por una alta informalidad, aplicar la extinción de dominio a actos ilegales sería desproporcionado. "Sería un abuso", afirmó, y enfatizó en que la norma está diseñada para ser utilizada en casos de criminalidad grave.

Rodríguez mencionó que, en el contexto peruano, caracterizado por una alta informalidad, aplicar la extinción de dominio a actos ilegales sería desproporcionado. | Fuente: RPP

Decisión del Tribunal Constitucional

Como se recuerda, el Tribunal Constitucional emitió recientemente un fallo que ha generado un intenso debate sobre la aplicación de la ley de extinción de dominio.

Esta figura legal permite al Estado confiscar bienes de origen ilícito sin necesidad de una sentencia penal. Sin embargo, la reciente decisión del Tribunal limita su aplicación a crímenes graves y al crimen organizado, excluyendo así actividades ilegales.

Además, la decisión del TC exhorta al Congreso a implementar mecanismos que permitan a las personas absueltas recuperar sus bienes. Esto responde a casos en los que propiedades han sido incautadas y no devueltas, incluso después de una absolución.

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