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Extinción de dominio: subsistema del PJ advierte que reforma del Congreso debilita lucha contra la criminalidad y lavado de activos

El hemiciclo del Congreso de la República.
El hemiciclo del Congreso de la República. | Fuente: Congreso

La Mesa de Trabajo del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio (SNEED) señaló que la norma, impulsada por Fuerza Popular beneficiaría a implicados en sicariato, robo agravado, corrupción, entre otros.

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La Mesa de Trabajo del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio (SNEED) expresó su preocupación por el dictamen, recientemente aprobado en segunda votación por el Congreso de la República, que modifica el proceso de extinción de dominio.

"Lamentamos profundamente que esta medida pueda afectar la capacidad del Estado para enfrentar de manera efectiva a aquellos que se benefician del delito", expresó, cuestionando que la decisión del Parlamento se haya tomado en un momento "especialmente crítico" en el que la ciudadanía exige a las autoridades firmeza y coherencia frente a la criminalidad, la corrupción y lavado de activos.

En un comunicado, advirtió que el proyecto de ley, impulsado por la bancada Fuerza Popular, no comprende los delitos una serie de delitos graves, entre ellos el sicariato, robo agravado, lavado de activos y corrupción. "En un contexto de creciente inseguridad, los peruanos demandan un Estado que proteja, que actúe con decisión y que no ceda terreno frente a intereses contrarios al bien común", enfatizó.

Más de cinco mil casos en riesgo

La institución señaló que la ley de extinción de dominio ha demostrado ser eficaz para recuperar bienes ilícitos y privar a organizaciones delictivas de los recursos que alimentan sus estructuras criminales. "Si bien puede ser perfeccionada, los cambios a introducir debieron realizarse luego de un debate plural y democrático, convocando a los expertos, sectores involucrados del sistema de justicia y de la sociedad civil", mencionó.

En ese contexto, alertó que la norma pone en riesgo más de cinco mil casos en trámite, que "tendrían que ser archivados, con la consecuente devolución de los bienes ilícitos que solo cuenten con medida de incautación ordenada en un proceso de extinción de dominio".

SNEED recordó que la Convención de Mérida contra la Corrupción y las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) insta y obliga al Perú a incorporar la figura de la extinción de dominio con autonomía del proceso penal, sin que se requiera una sentencia condenatoria penal firme.

De acuerdo con la iniciativa aprobada, el proceso de extinción de dominio es independiente y autónomo, pero sujeto a una sentencia firme y consentida o de un laudo que se emita de un proceso penal, civil u otro de naturaleza jurisdiccional o arbitral.

"No se necesita la emisión de una sentencia firme y consentida o de un laudo, si están referidas a las siguientes actividades ilícitas penates: tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal, estafa y delitos informáticos contra el patrimonio. En estos casos, el trámite del proceso judicial o arbitral no es oponible y el juez rechaza de plano cualquier pedido destinado a la suspensión del proceso. La resolución que resuelve es inimpugnable", dice el dispositivo que recibió la luz verde con 42 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones.

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