La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, había solicitado que Juan Carlos Checkley deje de intervenir como juez de control en la investigación preliminar seguida a Santivañez por el presunto delito de tráfico influencias agravado en perjuicio del Estado.
El Juez Supremo Provisional Juan Carlos Checkley seguirá a cargo del control de las investigaciones seguidas al exministro del Interior y actual Titular de Justicia y Derechos Humanos Juan José Santivañez ante la Fiscalía de la Nación.
Esto debido a que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró "infundada" la recusación presentada por la Fiscal de la Nación, Delia Espinoza, el último 26 de mayo.
La titular del Ministerio Público solicitaba que Checkley Soria deje de intervenir como juez de control en la investigación preliminar seguida a Santivañez por el presunto delito de tráfico influencias agravado en perjuicio del Estado, por una presunta interferencia en su condición de abogado y como Ministro del Interior ante el Tribunal Constitucional, el INPE y el Ministerio de Justicia para favorecer a uno de sus exclientes.
Espinoza había cuestionado la imparcialidad de Checkley por haber presentado como su defensa legal en la carpeta fiscal 16 - 2025 a tres abogadas que pertenecen al Estudio Jurídico y Legal Caro & Asociados que también tiene a su cargo la defensa técnica de Juan José Santiváñez.
De acuerdo a la fiscal, lo anterior pone en duda la imparcialidad del juez recusado, además del hecho de haber ignorado la censura en el Congreso contra el extitular del Interior, cuando denegó el pedido fiscal para que se ordenara el impedimento de salida del país contra el investigado, entre otros hechos.
No obstante, el tribunal supremo determinó que en este caso la recusante no demostró objetivamente la existencia de una acción manifiesta de parcialidad del magistrado. Ello debido a que los argumentos respecto al citado estudio jurídico ya fueron materia de análisis y pronunciamiento cuando dicho colegiado declaró infundada la inhibición presentada por el Juez Supremo Provisional Juan Carlos Checkley para apartarse del conocimiento de los procesos del extitular del Interior.
El colegiado supremo también precisa en su resolución, a la que tuvo acceso RPP, que la censura aprobada por el Congreso de la República contra el entonces ministro del Interior Juan José Santiváñez y su posterior renuncia al cargo no fue un argumento expuesto dentro requerimiento fiscal de impedimento de salida del país, por lo que el magistrado Checkley Soria no podría haber incorporado un dato nuevo ajeno al debate efectuado.
"Por lo tanto, es patente que no se quebrantó la garantía de ser juzgado por un juez imparcial, más aún si, procesalmente, el magistrado recusado no será el juez de juicio. Así, valorando las consideraciones precedentes, la recusación —en los términos en que se encuentra planteada— deviene en infundada por la falta de argumentos que sustenten la causal invocada y por la carencia de prueba idónea" concluye la sala suprema en su resolución.