El máximo intérprete de la Constitución consideró necesario que Fiscalía se pronuncie sobre el extremo del recurso interpuesto por la defensa legal de Keiko Fujimori para anular las imputaciones formuladas por el Ministerio Público en el marco de este proceso penal.
El Tribunal Constitucional incorporó al Ministerio Público dentro del proceso de habeas corpus que presentó la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, para que se archive el proceso penal que se le sigue por los aportes a sus campañas presidenciales de los años 2011 y 2016.
El máximo intérprete de nuestra carta magna consideró necesario que el Ministerio Público se pronuncie sobre el extremo del recurso interpuesto por la defensa legal de la excandidata presidencial en el que solicita anular las imputaciones formuladas por la Fiscalía en su contra dentro de este proceso penal, conocido también como el caso "Cócteles".
Mediante una resolución a la que tuvo acceso RPP, el Tribunal Constitucional determinó que el Ministerio Público pueda actuar a través de su procurador público y/o de los fiscales a cargo del caso a quienes se les deberá notificar la demanda de habeas corpus de la lideresa de Fuerza Popular.
Asimismo, el máximo intérprete de nuestra carta magna otorgó al Ministerio Público un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la demanda para que alegue, de forma escrita, lo que estime conveniente a sus derechos e intereses.
El Tribunal Constitucional remarcó que ejercido el derecho de defensa por parte del Ministerio Público o vencido el plazo para ello, esta causa queda expedita para la emisión de la resolución definitiva en este caso.
Habeas corpus
Cabe recordar que el último 27 de mayo, el Tribunal Constitucional evaluó en una audiencia pública esta demanda de habeas corpus con la participación de la defensa legal de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y del procurador público del Poder Judicial faltando ahora analizar los argumentos del Ministerio Público para emitir una sentencia final respecto a este recurso judicial
Esta acción de habeas corpus llegó al Tribunal Constitucional el 2 de julio del 2024 tras haber sido rechazada por el Tercer Juzgado Constitucional de Lima y la Tercera Sala Constitucional de Lima, a nivel del Poder Judicial, respectivamente.
El recurso fue presentado contra el juez Víctor Zúñiga Urday, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional quien estuvo a cargo de control de las etapas de investigación preparatoria, intermedia y declaro procedente que sea sometida a un juicio oral por este caso.
El principal argumento del habeas corpus de la defensa legal de Keiko Fujimori es que su patrocinada ha sido investigada, procesada y acusada por hechos que no constituyen delito y producto de ello fue detenida, sometida a prisión preventiva y a una posible condena con pena privativa de su libertad
Entre los alegatos presentados al Tribunal Constitucional se sostiene que los hechos imputados por la Fiscalía no se encontraban sancionados como una modalidad de lavado de activos en el 2011 y en abril del 2016 sino que su incorporación recién se dio con el Decreto Legislativo 1249 del 26 de noviembre del 2016.
El fiscal José Domingo Pérez Gómez presentó, el último 2 de julio, ante el despacho del Juez Wilson Verastegui su nueva acusación fiscal por el caso ‘Cócteles’ en la que pidió 35 años de prisión para la Lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori por los presuntos aportes ilegales para financiar sus campañas presidenciales de los años 2,011 y 2,016
El magistrado acusa a la excandidata presidencial por los presuntos delitos de lavado de activos agravado en organización criminal en concurso de delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica en agravio del estado peruano.