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TC declaró nula aprobación de Comisión del Congreso creada para investigar fraude en elecciones del 2021

El TC se pronunció sobre la demanda planteada por el JNE contra el Congreso de la República.
El TC se pronunció sobre la demanda planteada por el JNE contra el Congreso de la República. | Fuente: Andina

El Tribunal Constitucional adoptó esta medida al declarar fundada una demanda competencial impuesta por el Jurado Nacional de Elecciones contra el Congreso, a fin de que se anule la moción de orden del día que creaba la comisión investigadora de las elecciones.

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El Tribunal Constitucional declaró nula la aprobación de la Comisión del Congreso de la República que se creó para investigar un presunto fraude durante las elecciones generales del 2021 en la que resultó ganador el ahora vacado expresidente Pedro Castillo.

El máximo intérprete de la Constitución adoptó esta medida al declarar fundada una demanda competencial que interpuso el Jurado Nacional del Elecciones contra el Parlamento para que se declare nula la aprobación de la moción de orden del día 028 que propuso constituir una comisión investigadora del proceso de elecciones generales 2021.

La sentencia establece también la nulidad de todos los actos derivados o que son consecuencia de dicha actuación parlamentaria.

Vicio competencial

El Tribunal Constitucional concluyó que se ha configurado un vicio competencial de procedimiento, pues la moción 028 del pasado 19 de agosto de 2021 no fue aprobada válidamente, debido a que no reunió el número de votos exigidos por el artículo 88 del Reglamento del Congreso, vale decir un 35 por ciento del número legal de congresistas.

La sentencia asume que el Parlamento puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público conforme al artículo 97 de nuestra Constitución y el Reglamento de este poder del Estado; sin embargo, ello no menoscaba las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en nuestra Carta Magna y su ley orgánica.

Esta resolución tuvo como ponente al magistrado César Ochoa Cardich y cuenta con los votos de los magistrados Luz Pacheco Zerga y Helder Domínguez Haro.

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