Vladimir Cerrón insiste en pedido al PJ para afrontar en libertad investigación por presunto financiamiento ilegal a sus campañas de 2008 y 2021

El prófugo exgobernador regional de Junín insistió en su pedido al Poder Judicial para afrontar en libertad la investigación preparatoria que se le sigue por el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su partido político Perú Libre entre los años 2008 al 2021.

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Cerrón Rojas presentó, el último 11 de diciembre, un recurso de apelación contra la resolución que emitió el juez Leodan Cristóbal Ayala.
Cerrón Rojas presentó, el último 11 de diciembre, un recurso de apelación contra la resolución que emitió el juez Leodan Cristóbal Ayala. | Fuente: Andina

El prófugo exgobernador de Junín, Vladimir Cerrón, insistió en su pedido al Poder Judicial para afrontar en libertad la investigación preparatoria que se le sigue por el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su partido político Perú Libre, entre los años 2008 al 2021.

A través de su defensa legal, Cerrón Rojas presentó, el último 11 de diciembre, un recurso de apelación contra la resolución que emitió el juez Leodan Cristóbal Ayala, el último 04 de diciembre, en la que declaró “infundada” la solicitud que interpuso para que se varíe el mandato de prisión preventiva por 24 meses que se dictó en su contra por una medida de comparecencia con restricciones en esta investigación preparatoria que se le sigue por los presuntos delitos de organización criminal y lavado de activos en agravio del estado.

La defensa legal de Vladimir Cerrón demanda en su recurso de apelación que la instancia superior revoque la resolución apelada y reformándola declare fundada la solicitud de variación de prisión preventiva y disponga una medida menos gravosa y compatible con el estado del proceso a la fecha: comparecencia con restricciones, en favor de su patrocinado, o, en su defecto, de manera subordinada, declare nula la resolución apelada, y renovándose el acto procesal afectado, se ordene a otro Juez penal emitir una nueva resolución.

Ante ello, el juez Leodan Cristóbal Ayala resolvió el último,15 de diciembre, "conceder" este recurso de apelación y remitirlo a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, instancia que, si lo admite a trámite, deberá convocar a una audiencia virtual para su evaluación con la participación de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final respecto a la situación legal de Vladimir Cerrón en los próximos días.

Cabe precisar que, este es el último mandato de prisión preventiva que pesa sobre el líder de Perú Libre, quien permanece en la clandestinidad desde el 6 de octubre del 2023 a raíz de la condena de tres años y seis meses de prisión que se dictó en su contra por el caso "Aeródromo Wanka", fallo que fue revocado, el pasado 26 de marzo por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que lo absolvió en este proceso penal.

Vladimir Cerrón | Fuente: RPP
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La resolución apelada

La defensa legal de Vladimir Cerrón sostiene que los graves y fundados elementos de convicción que determinaron la vinculación de su patrocinado con el delito de lavado de activos; más, el peligro de fuga que desencadenó en la revocatoria de la comparecencia con restricciones que se le había impuesto en este proceso penal y la disposición de una orden de prisión preventiva en su contra habrían sufrido cambios en favor de la libertad del imputado.

También sostiene que existen nuevos elementos de convicción, incluyendo correcciones al peritaje contable previo, un informe técnico de la Procuraduría General del Estado que contradice la pericia fiscal inicial, resoluciones de cosa juzgada en otros procesos por lavado de activos y regularización del desbalance patrimonial ante la Sunat con la determinación de su obligación tributaria.

Agregó además que, el tres de diciembre del 2024, el Tribunal Constitucional anuló la condena de tres años y seis meses de prisión efectiva que se le impuso a su patrocinado, el 6 de octubre del 2023 por el caso “La Oroya” y que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revocó, el pasado 26 de marzo, la condena de tres años y seis meses de prisión que se dictó en su contra por el caso "Aeródromo Wanka". Asimismo, lo absolvió en este proceso penal, por lo que, ante la necesidad de preservar su derecho a la libertad por una sentencia injusta, su defendido habría decidido poner a buen recaudo su derecho a la libertad, siendo inevitable con ello incumplir las reglas de conducta que se le había impuesto en La referida investigación preparatoria.

No obstante, el juez Leodan Cristóbal Ayala determinó que la defensa legal de Cerrón Rojas vuelve a someter a debate elementos de convicción ya examinados, lo que, según la jurisprudencia aludida, no es materia de examen en las incidencias de variación ni de cese de prisión preventiva datos ya examinados con anterioridad, por lo que ha de ser desestimada dicha solicitud en este extremo.

El magistrado también enfatiza en su resolución emitida el último 4 de diciembre, a la que tuvo acceso RPP, que su despacho fue claro al afirmar que el imputado ni ningún otro procesado se encuentra privilegiado ni autorizado para sortear o evadir sus deberes u obligaciones procesales frente a decisiones judiciales firmes -por hechos o circunstancias asociados a otros procesos judiciales-, dado que su deber de sujeción al proceso de autos se justifica por contar con una medida cautelar autónoma contra su persona por su vínculo a la investigación de dos delitos graves (organización criminal y lavado de activos).

“Si ello implica la pérdida temporal de su libertad ambulatoria y la obligación de someterse a las reglas y procedimientos establecidos en las resoluciones que anteceden en los autos, es parte de la regla democrática en un Estado de Derecho, porque proviene del poder de coerción del Juez que se encuentra debidamente amparada no solo por la normativa procesal y constitucional interna, sino supranacional -en tanto se encuentra justificada y bien motivada- conforme a las garantías previstas en el artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, sostiene el juez Cristóbal Ayala en su resolución.

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