Un caso en una provincia de España vuelve a poner sobre la palestra la validez de las conversaciones en la aplicación de mensajería en un juicio.
WhatsApp es la vía de comunicación predilecta en la mayoría de los países de habla hispana y cualquier palabra dicha en la app puede llegar a ser utilizado ante un tribunal si es que tiene directa relación con un trato de negocios. Lo dicho en este tipo de conversaciones puede ser considerado como “contrato verbal vinculante” y puede ser crucial en la resolución de un caso.
Según el medio español El Farol de Vigo, un juez del Juzgado de Primera Instancia número 13 de la ciudad de Vigo sentenció la expulsión de una inquilina morosa y la condena al pago de mensualidades y recibos adeudados gracias al acuerdo pactado entre los demandantes y la deudora a través de WhatsApp.
La demandada contactó con los propietarios del inmueble a través de WhatsApp para solicitar el alquiler de la vivienda. Todas las condiciones del acuerdo fueron negociadas en estas conversaciones y, al estar todo conforme, la inquilina en cuestión envío su número de cuenta bancaria y fotocopias del DNI a través de la aplicación; comprometiéndose a pagar el alquiler y los servicios básicos de luz y agua.
Los problemas llegaron cuando la demandada empezó a incumplir con los pagos acordados. A pesar de que el contrato nunca fue estipulado a través de un documento escrito y fue solo por vía oral, éste también tiene una validez legal siempre y cuando se pueda probar la existencia del “contrato verbal”.
En este caso particular, el acuerdo a través de WhatsApp fue considerado como un “contrato verbal” y se certificó su autenticidad gracias al envío de documentación personal de la inquilina morosa para cerrar el trato. Este caso crea un precedente en la Justicia española que vuelve posible el uso de las conversaciones a través de la aplicación de mensajería para testificar en la corte.
WhatsApp en el ojo de la tormenta legal
A pesar de su valor como objeto importante para asegurar la resolución de un caso de incumplimiento de términos contractuales en el caso anterior, no es la primera vez que WhatsApp está involucrada en asuntos legales.
En 2018, un hombre español fue sentenciado a cinco meses de prisión por agregar a un grupo a su expareja dentro de la aplicación. El hecho rompía el acuerdo de medida cautelar de alejamiento que la Audiencia le había impuesto por el acoso constante que el sujeto efectuaba contra la mujer en las redes sociales.
Así mismo, la Suprema Corte de Justicia de México ratificó, en mayo de 2019, que “revisar el celular de tu pareja es un acto ilegal” referenciando a un caso del 2007 en el que un hombre intentó demostrar que su mujer le era infiel mostrando 343 correos electrónicos de la cuenta de Hotmail de su cónyuge. La Corte sentenció que las pruebas eran inválidas por haber sido obtenidas por una vía ilegal.
No será la última vez que la aplicación se vea sumida en resolución o condena de casos judiciales alrededor del mundo. En casos como el incumplimiento de contrato, las conversaciones de WhatsApp pueden ser consideradas como “contrato verbal” siempre y cuando se demuestre que no han sido adulterados o falsificados. La Justicia deberá buscar nuevas vías para asegurar la autenticidad de estos mensajes si busca asegurar la validez de la aplicación ante un juez.
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