Existen dudas sobre si los viudos de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la residencia permanente. Estos son los criterios establecidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis) para estos casos.
Los viudos de ciudadanos estadounidenses tienen una opción especial para obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis), quienes estaban legalmente casados con un ciudadano estadounidense al momento de su fallecimiento y pueden demostrar que el matrimonio fue genuino, no solo para obtener beneficios de inmigración, pueden solicitar una Green Card.
Esta oportunidad brinda un rayo de esperanza para aquellos que enfrentan la doble tragedia de perder a su cónyuge y su estatus migratorio. Aquí cuáles son vías para poder realizar este trámite.
Antes de morir
Si el fallecido ciudadano estadounidense había presentado previamente un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, en nombre del cónyuge sobreviviente, este formulario será automáticamente convertido en un Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo, o Inmigrante Especial.
En este caso, el viudo no necesita presentar una nueva solicitud, simplificando el proceso de obtener la residencia permanente. Esta automatización es crucial para aquellos que ya estaban en proceso de ajustar su estatus migratorio.
Para aquellos que no tenían una petición I-130 en trámite, todavía hay opciones disponibles. Los viudos pueden presentar una Petición de Amerasiático, Viudo, o Inmigrante Especial (Formulario I-360) por sí mismos, dentro de un plazo de dos años después del fallecimiento de su cónyuge.
Este paso permite a los solicitantes continuar el proceso de inmigración sin la necesidad de una solicitud previa, siempre y cuando cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos.
Familiares de militares
Adicionalmente, hay beneficios especiales para los cónyuges sobrevivientes de militares estadounidenses que murieron en combate. Estos individuos pueden presentar una petición por sí mismos bajo la sección 1703 de la Ley Pública 108-136, utilizando el Formulario I-360.
Este beneficio reconoce el sacrificio de los militares y sus familias, proporcionando un camino especial hacia la residencia permanente para sus seres queridos.
Para calificar, los solicitantes deben cumplir con varios criterios: haber estado casados con el ciudadano estadounidense al momento de su fallecimiento, no haberse vuelto a casar, y demostrar que el matrimonio fue genuino.
Cumplir con estos requisitos es esencial para asegurar que la solicitud de la Green Card sea aprobada, permitiendo a los viudos continuar sus vidas en Estados Unidos con la seguridad de un estatus migratorio permanente.
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