Las sustancias modelantes, también llamadas sustancias de relleno, son todos aquellos insumos permitidos que se pueden colocar con el fin de “rellenar” o dar volumen a ciertas zonas del cuerpo y rostro.
Poco después de empezada la cuarentena, exactamente el día 28 de marzo de este año, el Congreso de la República, después de mucho análisis, publicó la Ley Nº31014, cuyo título es: Ley que regula el uso de sustancias modelantes en tratamientos corporales con fines estéticos y define dicho procedimiento como acto médico.
¿Qué es una sustancia modelante?
Las sustancias modelantes, también llamadas sustancias de relleno, son todos aquellos insumos permitidos que se pueden colocar con el fin de “rellenar” o dar volumen a ciertas zonas del cuerpo y rostro.
Uno de los más conocidos es el ácido hialurónico. Este modelador se usa para suavizar y corregir arrugas y surcos profundos en la cara. Por ejemplo, los surcos nasogenianos (coloquialmente conocidas como “lineas de marioneta”), o las “patas de gallo”, las arrugas sobre la boca, etc. Otro uso frecuente el ácido hialurónico es el aumento de volumen en labios y mentón.
También es considerada sustancia modelante la grasa del propio paciente. Este procedimiento incluye retirar cierta cantidad de grasa del mismo paciente y reinyectarla en zonas como las manos y rostro, con lo que se devuelve volumen a aquellas zonas que, con el paso del tiempo, perdieron su volumen natural original.
¿Qué dice esta ley?
En concreto, esta ley determina dos puntos:
- Que la aplicación de sustancias modelantes (o de relleno), como el ácido hialurónico, inyección de grasa propia del paciente, entre otros, es considerado un acto médico.
- Sólo está permitido que los especialistas en Cirugía Plástica y Dermatología los coloquen.
De esta forma, la norma establece que este tipo de procedimientos no puede hacerse en un lugar desligado del mundo médico (por ejemplo, una peluquería…), y que sólo son dos los especialistas médicos que están autorizados a realizarlos: el cirujano plástico y el dermatólogo.
Con esta ley, el gobierno busca regular un aspecto de la medicina aplicada a la estética que estuvo por mucho tiempo sin observar y que llevó a que muchas personas fueran afectadas en su salud, y en sus vidas, atraidas por ofertas de procedimientos y tratamientos “baratos”, milagrosos”, “increibles”, “rápidos”, o todos los anteriores. Lamentablemente, en muchos casos, las consecuencias de esto fueron personas dañadas en su salud física y salud mental; o incluso, algunas, llegaron a perder la vida. Así de serio.
A la luz de esta problemática, la ley peruana da un primer paso en la normatividad a favor de la salud pública en el campo de la medicina estética.
Recomendaciones:
Antes de permitir que se le inyecte alguna sustancia en el cuerpo, considere estos dos pasos básicos:
- Verifique la especialidad del médico o profesional que usted está considerando. Como primera fuente, consulte la página web del Colegio Médico del Perú en: https://www.cmp.org.pe/conoce-a-tu-medico. En esta web también podrá ver información adicional del galeno, como por ejemplo, si tiene niveles adicionales de preparación como maestrías, doctorados, etc.
- Para el caso de sustancias sintéticas como el ácido hilurónico, asegúrese que lo que le están ofreciendo es un producto autorizado. Una buena señal es que tenga Registro Sanitario del Perú. Con esto usted sabe que la autoridad peruana ha validado la calidad y salubridad del insumo.
Finalmente, no tenga miedo de investigar a su médico ni de preguntar sobre la calidad de la sustancia que le están ofreciendo. Usted, es el primer responsable por su salud y su vida.
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