Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Letras en el tiempo
Tiempos de censura
EP 40 • 39:36
Informes RPP
2024, un año de mochasueldos
EP 1228 • 05:33
RPP Data
Casi 3 millones de peruanas no consiguen trabajo por realizar labores de cuidado en el hogar, según la OIT
EP 243 • 03:13

La incertidumbre como horizonte

Ser solicitante de refugio, condición por esencia temporal, se ha convertido en el estatus “semi-permanente” de muchas personas venezolanas en el país.

El Perú se ha convertido en el primer país de acogida para solicitantes de refugio de nacionalidad venezolana con 149,840 solicitantes en el país al 30 de noviembre de 2018, de acuerdo al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. La cantidad de solicitudes ha generado un desbordamiento del sistema de refugio que no esperaba recibir tantos casos. Pocas solicitudes han podido ser atendidas y, hasta la fecha solo se cuenta con 400 reconocimientos de refugio de personas venezolanas.

El Perú y, en general, ningún país de la región ha optado por un reconocimiento prima facie de las personas venezolanas, que hubiera permitido un reconocimiento grupal y, por lo tanto, más rápido. Además, si bien la definición ampliada de refugiado contenido en la Declaración de Cartagena; que considera como refugiados a personas que huyen de situaciones de violencia generalizada y alteración del orden público entre otras circunstancias; ha sido incluida en la Ley peruana sobre refugio, no existe claridad en cuanto a su aplicación por parte de la comisión evaluadora de las solicitudes de refugio en el país. El panorama, por lo tanto, es complejo y lleno de incertidumbre para los y las que esperan una decisión.

.
. | Fuente: Andina

Frente a este limbo en el cual las personas no son ni refugiadas ni migrantes con residencia, el acceso a derechos se vuelve una odisea. Las personas solicitantes cuentan con un carné que les reconoce esta condición para un plazo de 60 días, renovables. Este plazo se fija en base al tiempo que, en teoría, debería tomar tratar las solicitudes y dar una repuesta. La realidad es que las solicitudes podrían demorar hasta 2 años en resolverse teniendo en cuenta que cada evaluación es individual. Sin contar con el reconocimiento poco o nada pueden hacer los y las solicitantes en el país. Por ejemplo, el carné de solicitante no es reconocido como documento válido para acceder al Sistema Integral de Salud.

El panorama seguirá siendo complejo teniendo en cuenta que cada día el número de nuevas solicitudes presentadas en el país (principalmente en Tumbes y Lima) oscila entre 600 y 1000. Urge entonces terminar con la incertidumbre y encontrar o reencontrar una solución jurídica a esta situación.

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Responsable de la línea de Movilidad Humana del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP). Especialista en migración, protección internacional y trata de personas, y docente del curso de la Clínica de Derechos de las personas migrantes y refugiadas en la PUCP.

Tags

Otros columnistas

Ver más

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Últimas noticias

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA