Este sábado la SBS emitió la resolución en el diario oficial El Peruano. Revisa aquí los detalles para solicitar el retiro de hasta S/17,200 de tu AFP.
El sábado 28 de noviembre la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el procedimiento operativo para el retiro de fondos de las AFP.
La Resolución N° 2979-2020, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que las solicitudes de retiro se podrán realizar a partir del próximo 09 de diciembre.
Asimismo, los afiliados podrán realizar la solicitud hasta el próximo 09 de marzo del 2021.
Requisitos
Aquellos afiliados que no aporten desde hace 12 meses, por lo menos entre octubre del 2019 y setiembre del 2020, podrán solicitar el desembolso de hasta S/17,200.
Los aportantes que dejaron de aportar en octubre podrán solicitar hasta 1 UIT (S/4,300). Se indica que la fecha de corte para considerar a los afiliados que podrán retirar hasta S/4,300 de sus AFP es el 31 de octubre del 2020.
Revisa en el siguiente cuadro los detalles sobre quienes podrán acceder al retiro:
¿Cómo será el retiro?
Las AFP deberán establecer los mecanismos para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de sus afiliados.
Se deberán ingresar las solicitudes conforme a los canales que establezcan las AFP. Por el momento algunas de las administradoras, como AFP Integra o Prima AFP, han indicado que la web para realizar la solicitud desde el próximo 09 de diciembre es www.consultaretiroafp.pe, por lo que el retiro de realizará 100% de manera digital.
Según indican "las plataformas que soporten el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempos y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado".
Este es el cronograma que se dispone para la entrega del dinero:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente hasta 4 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día calendario siguiente de efectuado el segundo desembolso por la AFP.
En cuanto a los afiliados que solo retiran hasta 1 UIT la entrega se hará en un plazo máximo de 30 días.
Por el momento la SBS no ha publicado el procedimiento para quienes hagan el retiro por enfermedades oncológicas. Esto dependerá de las disposiciones que emita el Ministerio de Salud.
En el caso de haber solicitado anteriores retiros y no haber sacado el dinero, dichos fondos deberán pasar como aportes voluntarios sin fin previsional.
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