Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Clientes de Caja Sullana pasarán a otra entidad financiera
EP 1679 • 00:15
Ruido político
EP39 | T7 | Primer pantallazo de “mini-candidatos”
EP 39 • 22:11
Metadata
METADATA | E252: Desempaquetando todos los lanzamientos de Samsung en el Galaxy Unpacked con Arturo Goga
EP 252 • 21:04

"No hay un conflicto" para vender medicamentos y víveres en farmacias, dice asociación de boticas

Elizabeth Cavero, gerente general de la Asociación Nacional de Cadenas de Boticas (ANACAB), señaló que Indecopi ha considerado que el Minsa "no ha justificado" bien la prohibición "de venta de víveres dentro de farmacias y boticas.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Actualidad

Elizabeth Cavero, gerente general de ANACAB

Elizabeth Cavero, gerente general de ANACAB | Fuente: RPP

La gerente general de la Asociación Nacional de Cadenas de Boticas (ANACAB), Elizabeth Cavero, afirmó este jueves que para las autoridades en otros países "no hay un conflicto" para vender medicamentos y víveres empaquetados en boticas y farmacias si hay áreas de almacenamientos separadas adecuadamente.

En entrevista con Ampliación de Noticias indicó que la última resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), indica que el Ministerio de Salud (Minsa) no justificó bien la prohibición para la venta de productos de víveres empaquetados en boticas y farmacias.

"En muchos países del mundo se permite que farmacias y boticas vendan algunos tipos de víveres empaquetados, ¿por qué? porque las autoridades consideran que no hay un conflicto que si las áreas de almacenamiento están bien separadas no hay riesgo de contaminación de los medicamentos. En América Latina en general y en Norteamérica hay más apertura (...) en Europa son un poco más restrictivos, pero tú puedes encontrar en una farmacia harinas para celíacos, golosinas para diabéticos (...) que perfectamente pueden complementar el servicio que le da a su comunidad un químico farmacéutico", dijo.

Elizabeth Cavero precisó que la regulación de cómo deben almacenarse los medicamentos están en normas muy estrictas que son fiscalizadas por parte de las direcciones regionales de salud. Además, aclaró que la resolución de Indecopi no habla de alimentos perecibles, sino de productos empaquetados con fecha de caducidad larga.

"Nosotros vemos que está ha sido una buena resolución de Indecopi para que no solo el Minsa, sino todas las autoridades tengan presente que las prohibiciones tienen que justificarse", expresó.

En relación a la aceptación de brindar servicios de consultas médicas en farmacias y boticas, la representante de ANACAB explicó que Indecopi no halló el sustento de un riesgo de contaminación para los medicamentos al realizar consultas médicas o una teleconsulta en un lugar separado de los citados establecimientos.

"Esto lo que atiende es la necesidad de una consulta y muchas consultas derivan en que el tratamiento es un fármaco o medicina, que seguramente puedes encontrar en ese establecimiento o en algún otro. No vas a resolver el problema del embalsamiento de consultas médicas, pero sí creemos que esta puede ser una solución", manifestó.

Comunicado de Anacab

Comunicado de AnacabFuente: Anacab

Resolución de Indecopi

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi (SEL) resolvió, en segunda instancia administrativa, que la prohibición de vender víveres, así como la prohibición de brindar servicios de consultas médicas en farmacias y boticas, impuesta por el Ministerio de Salud, constituyen barreras burocráticas carentes de razonabilidad.

Al respecto, la SEL declaró que las citadas prohibiciones deben ser inaplicadas solo para las empresas denunciantes, las cuales son Mifarma S.A.C., Boticas IP S.A.C. y Jorsa de la Selva S.A.C. 

En la Resolución 0102-2024/SEL-INDECOPI, del 19 de enero de 2024, la SEL determinó que, para el caso de la prohibición de vender víveres, el ministerio no acreditó un análisis de costos y beneficios que reflejara los impactos en los agentes económicos en general.

Mientras que, para el caso de la prohibición de brindar el servicio de consultas médicas, la SEL advirtió que el ministerio no presentó un análisis de la existencia de un problema generado por la realización de consultas médicas en farmacias y boticas que atente contra la seguridad y calidad de los productos farmacéuticos. Así, al no existir documento que acredite dicha evaluación, la medida deviene en carente de razonabilidad.

Cabe indicar que el literal A. del Anexo de la Resolución Directoral 006-2015-DIGEMID-DG-MINSA, establecía que los alimentos perecibles, semi perecibles y víveres; cigarros; y bebidas alcohólicas se encontraban en el listado de productos y servicios complementarios no autorizados en farmaciasboticas farmacias de los establecimientos de salud y botiquines.

Posición del Minsa

El Ministerio de Salud (Minsa) señaló que la resolución emitida por el Indecopi a favor de que determinadas empresas farmacéuticas no solo vendan medicamentos, sino que también puedan comercializar víveres y ofrecer consultas médicas, “es contraria a la normatividad vigente”. Esto en referencia a la Resolución Directoral N° 006-2015-DIGEMID y al Decreto Supremo 014-2011-SA.

A través de un comunicado publicado el 2 de marzo, el Minsa informó que actuará en el marco de sus competencias y en salvaguarda de la salud de todos los peruanos”, frente a la mencionada disposición.

"El INDECOPI está disponiendo que las boticas pertenecientes a tres empresas (Mifarma S.A.C, Botica IP S.A.C, y Jorsa de la Selva S.A.C) podrán comercializar, en sus establecimientos farmacéuticos, víveres además de brindar servicios de consultas médicas, lo que está prohibido, actualmente, por las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud contenidas en las disposiciones legales señaladas en los numerales 1 y 2. 

Además, el Minsa aclara que la normatividad vigente garantiza que los productos farmacéuticos que se dispensan en las farmacias y boticas no se vean afectados en su calidad, eficacia y seguridad.

Te recomendamos

Podcast recomendado

El cuidado de adultos mayores es importante, especialmente en esta temporada de calor extremo. ¿Cuál es la importancia de mantenerlos hidratados? El Dr. Elmer Huerta nos comenta.

Espacio Vital | podcast
¿Por qué es peligrosa la deshidratación en los adultos mayores?

Bachiller en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Especializado en la cobertura de temas de actualidad, política y mundo. Periodista con más de 15 años en experiencia en medios digitales e impresos.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA