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Asbanc: Empresas deben informar a bancos monto intangible de CTS

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Trabajador deberá portar carta de empresa donde labore cuando requiera retirar CTS. En ella debe constar el importe intangible de la misma.

La Asociación de Bancos (Asbanc) informó que el empleador que desee retirar el excedente de cuatro sueldos de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) deberá seguir algunos pasos.

Lo primero a realizar es comunicar a la entidad financiera el monto intangible de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de cada trabajor para que este pueda hacer el retiro del excedente de cuatro sueldos.

"La porción libre de la CTS estará disponible una vez que el empleador comunique a la entidad financiera depositaria el importe intangible correspondiente a cada trabajador calculada sobre cuatro remuneraciones brutas", señaló el gremio bancario en un comunicado.

Para tal efecto, se deberá considerar el monto de la última remuneración del trabajador, precisa la institución.

Por ello se recomienda que el trabajador que desee retirar parte de su CTS, de acuerdo a las nuevas disposiciones del gobierno, deberá portar una carta de la empresa donde labora, en la que debe constar el monto de dinero intangible.

Si el trabajador no tiene dicha carta el trámite podría complicarse, ya que la entidad financiera no conoce la cantidad precisa que puede retirarse.

Como se sabe, por disposición del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 001-2014, los trabajadores ahora pueden retirar el 100% del excedente de cuatro sueldos por concepto de CTS hasta el 31 de diciembre del 2014, medida adoptada por el gobierno para dinamizar la economía.

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