Proyecto propone que en las partidas de defunción se incluya información financiera referencial sobre seguros, aportes previsionales y ahorros de los fallecidos.
La comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó por mayoría el proyecto de ley que busca facilitar la información financiera de las personas fallecidas a los familiares.
“Se propone que en las partidas de defunción se incluya información financiera referencial sobre seguros, aportes previsionales y ahorros de los fallecidos, para que sus familiares tengan conocimiento de ello”, manifestó el presidente de dicho grupo de trabajo, Tito Valle.
Con la aprobación de la Comisión, el proyecto ha quedado expedito para ser debatido y sometido a votación por el Pleno del Congreso.
El congresista Fernando Andrade, autor del proyecto de ley, explicó que muchos herederos desconocen los ahorros, montos previsionales en las AFP y los seguros que contrataron las personas fallecidas.
“En el país el 10 por ciento de los fallecidos deja testamento, pero el 90 por ciento no lo hace, y así los herederos no saben lo que dejaron sus familiares en las compañías de seguros y en las AFP”, explicó Andrade.
Agregó que han mostrado opinión favorable el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
El proyecto consiste en la coordinación entre el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) y la SBS para que esta última facilite la información de seguros y previsional del fallecido.
En base a ello, el Reniec incluirá en las partidas de defunción la información resumida y referencial para que los ciudadanos tomen conocimiento de la existencia del acceso al Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con Cobertura de Fallecimiento o de Muerte Accidental.
También sobre el Acceso al Reporte de Información de Afiliado y/o información sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensiones, a través de la SBS.
Además se deberá contemplar información sobre la atención de solicitudes de información sobre los depósitos u otros productos pasivos del causante, y del reporte crediticios de usuarios, a través de la SBS.
Incluso se añadirá la información sobre el tiempo máximo que puede permanecer inmovilizado un depósito u otros productos pasivos, en una empresa del sistema financiero hasta ser transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos.
ANDINA
Comparte esta noticia