Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Metadata
METADATA |E241: Lo nuevo de Motorola desde México, aterriza Infinix y nos ponemos tecnofanáticos
EP 241 • 40:31
Nutriagenda
EP25 | Qué es el gluten y cuándo eliminarlo de la dieta
EP 25 • 36:19
Ruido político
EP29 | T7 | Boluarte alcanza a Castillo
EP 29 • 24:20

Bono Yanapay: ¿Cómo tramitar solicitud para cobrar el subsidio de un familiar?

El Midis anunció que el trámite para que un tercero autorizado cobre el bono vence el 31 de mayo.
El Midis anunció que el trámite para que un tercero autorizado cobre el bono vence el 31 de mayo. | Fuente: Andina

Si el beneficiario del Bono Yanapay no puede acudir al banco a cobrar el subsidio, podrá autorizar a un tercero a recibir el dinero, estableció el Midis.

Los beneficiarios del Bono Yanapay que no puedan acudir a cobrar el subsidio a las entidades financieras ya tienen una opción para recibir el dinero sin salir de sus hogares.

Recientemente el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) anunció la implementación de un mecanismo de cobro para las personas beneficiarias que padezcan alguna discapacidad o deterioro de su capacidad funcional por envejecimiento o accidente.

El Midis ha establecido, mediante el programa Pensión 65, una modalidad en la cual el beneficiario podrá designar a una persona de confianza o a quien esté a cargo de su cuidado para que cobre el subsidio en las agencias del Banco de la Nación.

Según indicaron, este mecanismo podrá realizarse hasta el próximo martes 31 de mayo.

¿Cómo hacer el trámite?

El Midis precisa que el tercero autorizado por el beneficiario deberá ingresar a la web yanapayperu.gob.pe mediante el siguiente enlace: https://consultas.yanapay.gob.pe/#/ 

Una vez se encuentre en el enlace deberá realizar esta solicitud completando el registro, el cual también podrá hacerlo mediante la Mesa de Partes de Pensión 65 en el correo mesadepartes@pension65.gob.pe

Si decide realizar el proceso en Mesa de Partes del Midis deben presentar el DNI del tercero y la Solicitud de designación de tercera persona autorizada. Esta solicitud de designación aplica si la persona beneficiaria está en condición de expresar voluntad.

"En el caso de los beneficiarios en condición de expresar voluntad, si la persona beneficiaria solo pone su huella porque no puede firmar, deberá agregar el formato “firma de testigo a ruego”, el cual debe contener los datos y firma de una persona que no sea el beneficiario del Yanapay ni la persona designada para el cobro", indica el Midis.

Si es el tercero autorizado de un beneficiario que no puede expresar su voluntad tendrá que presenta el Formato “Firma de testigo a ruego” y la Declaración jurada simple del familiar o el cuidador de la persona beneficiaria (Anexo 3). Los formatos que requiere se encuentran en el siguiente link: https://www.gob.pe/institucion/pension65/informes-publicaciones/2942469-autorizacion-de-cobro-de-yanapay-por-un-tercero-autorizado 

Luego de tener listos estos formatos deberá enviarlos al correo electrónico mesadepartes@pension65.gob.pe. Esto podrá presentarlo de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m. para Lima y de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. para provincias.

El representante recibirá un correo electrónico con su número de ticket de recepción y en un plazo máximo de 16 días hábiles, te llegará una carta con la respuesta a tu solicitud a la dirección que consignaste en tu documentación.

Cabe mencionar que este trámite también puede realizarse de manera presencial en la sede central del Midis en av. República de Panamá 3505, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

¿Cómo saber si soy beneficiario?

Los ciudadanos deben cumplir con los siguientes requisitos para ser beneficiario:

  • Estar en un hogar en situación de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), o ser uno de los hogares beneficiarios del Programa JUNTOS, de Pensión 65 o CONTIGO.
  • No estar registrados como trabajadores en la planilla del sector público o privado, excepto los pensionistas y practicantes.
  • No tener ingresos mayores a S/ 3,000 mensuales en conjunto, es decir, en una familia. Esto será corroborado con la información de la SBS y Sunat.

La población puede acceder a la plataforma www.yanapay.gob.pe para verificar si son beneficiarios, en la página le indicarán donde hacer el cobro respectivo.

Si no tienes la posibilidad de ingresar a la web, puedes llamar a la Línea social 101 de lunes a domingo de 7.30 a.m. a 9.30 p.m.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA