La iniciativa del Congreso precisa que solo estarán exceptuados de esta medidalas cajas municipales, cajas rurales y cooperativas de ahorro y crédito, donde sí se seguirá cobrando el monto.
Economía
Congreso: comisión aprueba proyecto que prohíbe a los bancos cobrar por transferencias interbancarias
La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó este lunes por mayoría (diez votos a favor y tres en contra) el predictamen que elimina el cobro de comisiones en las transferencias interbancarias de cuentas de ahorro y pago de tarjeta de crédito, realizadas a través de las entidades bancarias del sistema financiero.
La norma, que modifica la Ley 31143, busca prohibir a los bancos cobrar por este concepto a los clientes. Sin embargo, la norma exceptúa de esta medida a las operaciones que se realicen a través de las cajas municipales, cajas rurales y cooperativas de ahorro y crédito, donde sí se seguirá cobrando comisión por transferencia de dinero.
"Este predictamen responde a la problemática de que las instituciones públicas y privadas que integran el mercado financiero y de seguros no han respondido a las necesidades de la población. Más bien se ha logrado identificar situaciones en perjuicio de los derechos de los usuarios y consumidores", explicó Elías Vara, presidente de la comisión congresal.
El MEF y el Banco Central de Reserva han expresado su negativa sobre este proyecto de ley. Esta norma deberá ser debatido en el pleno del Congreso.
Elias Vara señaló en la sustentación del predictamen que la interoperatividad del sistema financiero ha permitido que surjan las billeteras digitales (Yape y Plin), donde se puede transferir hasta 1,500 soles diarios sin costo alguno, pero esto solo implica a cuatro bancos, de los 17 que existen en el sistema.
Bancos tendrán hasta 15 días para atender reclamos
El Gobierno promulgó la norma que establece un nuevo límite para que las empresas del sistema financiero y de seguros resuelvan los reclamos de sus consumidores.
Según lo establecido en la Ley 31763, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, ahora los bancos, cajas y empresas de seguros tendrán máximo 15 días hábiles para atender las quejas de sus usuarios.
El plazo podría extenderse si lo establece la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en caso la naturaleza y complejidad de la operación, producto o servicios en el cual se produce la queja lo justifique.
Si el plazo del reclamo se extiende, esto debe ponerse en conocimiento del consumidor antes de que terminen los 15 días de plazo inicial, sin perjuicio del derechos del consumidor de recurrir directamente a la Autoridad de Consumo.
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