Seis proyectos de ley buscan autorizar la libre disposición del 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un fondo originalmente destinado para cubrir las necesidades ante una eventual pérdida de empleo.
En lo que va del año, se han presentado seis proyectos de ley que tienen por objetivo permitir a los trabajadores en planilla disponer del 100 % de los fondos de sus cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Los autores de estas iniciativas argumentan que esta medida es “necesaria para enfrentar la crisis económica y el alza de precio de los productos de primera necesidad”.
¿Es realmente la CTS un fondo para enfrentar crisis económicas o un seguro de protección ante la pérdida de empleo? El abogado laboralista Daniel Robles Ibazeta puntualizó que la CTS es un beneficio laboral de naturaleza previsional, que tiene por objetivo proteger al trabajador “cuando se queda sin chamba”.
En esa línea, recordó que desde el 2020 se han autorizado retiros excepcionales a raíz de la crisis económica mundial generada por la pandemia de la COVID-19. “Desde entonces, se han implementado medidas similares casi de manera anual. La última disposición sobre la liberalidad de la CTS fue establecida mediante la Ley N.º 32027 y su reglamento, fijándose como fecha máxima el 31 de diciembre de 2024”, indicó a RPP.
Para Robles Ibazeta es innecesario habilitar nuevos retiros de la CTS, ya que la normativa vigente permite retirar el excedente de cuatro remuneraciones acumuladas en este fondo por lo que autorizar más retiros “implicaría un uso inadecuado de los recursos destinados a la CTS, si es que aún quedaran fondos disponibles”.
“Como ya se han permitido retiros extraordinarios de este fondo, es probable que, de aprobarse la propuesta, la mayoría de los trabajadores solo cuente con los depósitos de mayo y noviembre del 2025, es decir un monto equivalente a un sueldo mensual más 1/6 de la gratificación”, expresó.
Asimismo, resaltó que la informalidad laboral en el Perú alcanza aproximadamente el 75 %, por lo que estas iniciativas solo tendrían un impacto en un porcentaje menor al 25% de los trabajadores, ya que las microempresas no están obligadas a realizar aportes por este concepto.
“Si lo uso porque falta liquidez o ‘estoy misio’, parece positivo, pero es un disparo a los pies al propio sistema de la CTS. Porque se consume hoy lo que se necesitará en el futuro de quedarse sin empleo”, agregó.
El 2025 es un escenario de recuperación económica
El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) estima que el crecimiento de la economía nacional para el 2024 será de 3.2 %. Además, mantiene la proyección de una tasa de inflación dentro del rango meta (entre 1 % y 3 %) para los próximos dos años.
Ante este escenario, el gerente de Políticas Públicas del Instituto Peruano de Economía (IPE), Víctor Fuentes dijo en RPP que la economía peruana viene avanzando en su recuperación, lo cual va de la mano con la dinamización del empleo.
“No tiene una justificación técnica. Es populista, cortoplacista y con réditos políticos para los legisladores. Puede interpretarse para algunos como una buena idea, pero está asociado con un riesgo bien grande de quedarse desprotegido frente a eventualidades y en el largo plazo puede significar mayores costos por el Estado”, enfatizó.
Por su parte, el experto en contabilidad y tributación, Juan Santivañez, manifestó que si bien el retiro de la CTS puede estimular el consumo en el corto plazo, su efecto es transitorio y no contribuye al crecimiento sostenible de la economía.
“La falta de fondos de contingencia para los trabajadores podría derivar en mayor presión sobre programas de asistencia social del Estado, aumentando los costos fiscales”, dijo.
Las seis iniciativas legislativas presentadas en el Congreso de la República serán debatidas en las comisiones de Economía y de Trabajo en la siguiente legislatura ordinaria que inicia el 1 de marzo del 2025.
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