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Feriados: ¿Cuánto deben pagarte si trabajas durante el 8 y 9 de diciembre?

El próximo feriado será el 08 de diciembre en conmemoración al Día de La Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María.
El próximo feriado será el 08 de diciembre en conmemoración al Día de La Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María. | Fuente: Freepik

La próxima semana los trabajadores tendrán dos feriados, conoce los detalles que deben tener en cuenta para recibir un pago extra.

En diciembre los trabajadores tendrán tres feriados, de los cuales dos se celebrarán la próxima semana.

Los próximos días de descanso serán el jueves 8 y viernes 9 de diciembre, pero ¿qué debes tener en cuenta si trabajas durante estas fechas?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que aquellos empleados que trabajen durante los feriados deberán percibir un pago doble por el día, adicionales a su sueldo regular mensual: Uno por la jornada trabajada y otra por la sobretasa del 100%.

El organismo explica que, por ejemplo, si tu remuneración mensual es de S/1,025, tu remuneración diaria es de S/34.17. Ello se deduce al hacer una división de tu sueldo entre 30 días, es decir, S/ 1,025/30.

Al conocer el monto que ganas por día, puedes calcular tu pago. En el caso del ejemplo, una remuneración por el trabajo realizado es de S/ 34.17 y la remuneración por la sobretasa del 100% es de S/ 34.17.

Para el caso del ejemplo, el total sería de S/68.34 por cada feriado laborado adicional a tu remuneración mensual. Si trabajas durante los dos feriados entonces recibirías S/ 136.68 adicionales al pago del día.

"La remuneración diaria por el feriado ya está incluida en la remuneración mensual", precisa la Sunafil.

Sin embargo, si trabajas durante esos días, pero acuerdas con tu empleador sustituir esos días laborados durante el feriado por otros días de descanso, entonces ya recibirás el pago adicional.

Multas

La Sunafil agrega que las empresas que no o cumplan con realizar el pago adicional u otorgar la compensación del descanso sustitutorio por los feriados laborados estarían cometiendo una infracción muy grave en materia de derechos laborales.

Ante esto, los empleadores podrían ser multados con un monto que dependería del tipo de empresa que son. La sanción puede oscilar entre S/ 1,058 y S/ 241,638.

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