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Feriados: ¿Cuánto te pagan si trabajas hoy durante el día del trabajo?

Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo
Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo | Fuente: Andina

Conoce lo que debes tener en cuenta si eres uno de los empleados que debe seguir trabajando durante el feriado.

Hoy, lunes 1 de mayo, es feriado por el Día del Trabajo. Sin embargo, no todos los trabajadores podrán aprovechar este día de descanso, pues en algunos sectores las labores no pueden deternerse.

De acuerdo con el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), los empleados formales que sigan trabajando durante el feriado deberán recibir un pago adicional al que reciben normalmente por un día de trabajo.

Por este día, los trabajadores deben percibir por cada feriado una “triple” remuneración diaria: una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%.

"Por ejemplo, si la remuneración mensual es 1,500 soles, la remuneración diaria será de 50. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 50 soles por el día laborado y adicionalmente 100 soles más. Es decir que a fin de mes recibirá 1,600 soles", explicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.

Esta triple remuneración por el feriado aplica tanto para los trabajadores que laboren de forma presencial como aquellos que accedieron al teletrabajo, siempre y cuando no se cambie ese día de trabajo por un descanso sustitutorio posterior.

Ten en cuenta que, según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con los descansos en días feriados no laborables, es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, cuya sanción dependerá del tipo de empresa y de la cantidad de trabajadores afectados.

Cabe precisar que este feriado no es igual al día no laborable que se aplicó el pasado 28 de abril, establecido por el Gobierno, pues el feriado es determinado por ley e implica el pago extra correspondiente. Aquellos empleados que no laboren durante este feriado recibirán su pago normal.

En el caso del día no laborable, que no es establecido por ley, este sí es compensable, es decir, el colaborador debe devolver las horas no trabajadas por ese día de descanso.

¿Cuáles son los feriados del 2023?

Estos son los días feriados establecidos para este 2023 de acuerdo a ley:

  • Domingo 01 de Enero: Año Nuevo
  • Jueves 6 de Abril: Jueves Santo
  • Viernes 7 Abril: Viernes Santo
  • Lunes 01 Mayo: Día del Trabajo
  • Jueves 29 Junio: Día de San Pedro y San Pablo
  • Viernes 28 Julio: Fiestas Patrias
  • Sábado 29 Julio: Fiestas Patrias
  • Domingo 06 de Agosto: Batalla de Junín
  • Miércoles 30 Agosto: Santa Rosa de Lima
  • Domingo 08 Octubre: Combate de Angamos
  • Miércoles 01 Noviembre: Día de Todos los Santos
  • Viernes 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Sábado 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Lunes 25 Diciembre: Navidad

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