La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció que actualizó el monto del Fondo de Seguro de Depósitos para el trimestre de junio a agosto.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos para los meses de junio, julio y agosto de este 2022.
Este fondo, que protege a los ciudadanos en caso la entidad financiera en la que tiene ahorrado su dinero quiebre, ahora será de un monto de S/ 121,910.
La cantidad de ahorros que cubre este fondo en este nuevo periodo es mayor al establecido para entre marzo y mayo del 2022, que era de S/ 116,284.
Ten en cuenta que los depósitos que están asegurados con este fondo son los que se encuentran en bancos, las empresas financieras y las cajas municipales y rurales.
El experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo, precisa que los ahorros de las personas llevan siendo protegidos por encima de S/100,000 desde hace más de 3 años.
Carrillo agregó que este seguro es gratuito para los depositantes, no requiere de inscripción previa y aplica para cada entidad de forma independiente.
"Una persona podría tener S/120,000 en un banco y S/120,000 en una caja, y estaría cubierto por el FSD en ambas instituciones", señala.
Actualmente son 41 instituciones financieras las que cuentan con el Fondo de Seguro de Depósitos activo, entre ellas 15 bancos y 12 cajas municipales.
Por el momento las cooperativas de ahorro y crédito aún no tienen activo un seguro en caso de quiebra, pero está en desarrollo. Se espera que este fondo para cooperativas esté activo para mediados de 2024.
¿Cómo funciona este fondo?
El Fondo de Seguro de Depósito protege los ahorros de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como las cuentas corrientes de las empresas.
Cuando una entidad financiera supervisada por la SBS es declarada en estado de disolución y liquidación, el FSD se encarga de pagar a los clientes el monto que tenían ahorrado en esta entidad (cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo), hasta por el monto máximo de cobertura vigente.
Si los depósitos se encontraban en moneda extranjera entonces serán cubiertas en su equivalente en moneda nacional, y para cuentas mancomunadas se divide el saldo de las mismas a prorrata entre los titulares.
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