Se publicó el reglamento de la ley que obliga a farmacias y boticas vender un listado de medicinas genéricas. Te contamos cuál será la diferencia entre las cadenas y las boticas del barrio y te recordamos la lista.
El Gobierno publicó el reglamento de la ley que ordena a todas las farmacias y boticas en el país, incluidas las que están dentro de las clínicas, tener una lista de 31 medicamentos genéricos prioritarios disponibles para vender al público.
Boticas y Farmacias
El Decreto Supremo N° 026-2019-SA publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que las cadenas de boticas y farmacias deberán contar con todos los medicamentos genéricos del listado.
"Todas las farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado, que operan en el país, deben mantener disponibles o demostrar la venta de los medicamentos esenciales genéricos en Denominación Común Internacional contenidos en el Listado aprobado por el Ministerio de Salud", indica el presente reglamento.
En tanto, las boticas y farmacias inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) deben mantener disponible para la dispensación como mínimo el 80% de la lista.
Medicamentos Genéricos disponibles
El Gobierno aprobó hace un mes un decreto de urgencia que declara a los medicamentos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad.
Esta semana el Ministerio de Salud publicó la lista de medicamentos genéricos esenciales que deberán venderse obligatoriamente para facilitar así el acceso de la población a estas medicinas. Puede verla completa en la imagen de abajo.
De acuerdo con la resolución ministerial N° 1097-2019/Minsa, el listado contiene 31 medicamentos para atender enfermedades respiratorias, diabetes, hipertensión arterial, salud mental, infecciones por hongos, asma y diabetes, entre otros, basados en las enfermedades más frecuentes que padecen los peruanos.
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