Los octógonos de advertencia especificarán si un producto procesado es alto en azúcar, sodio y/o grasas saturadas.
Hoy lunes 17 de junio entra en vigor el Manual de Advertencias Publicitarias que establece que las etiquetas de los alimentos procesados lleven octógonos advirtiendo si son altos en azúcar, sodio y/o grasas saturadas, en el marco de la Ley de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes.
De este sistema de etiquetado de advertencia, en los alimentos procesados y bebidas, se busca tener consumidores más informados.
Alimentación saludable
El 16 de junio del año pasado, el Gobierno publicó el referido manual que establece que los productos procesados deberán llevar octógonos de fondo negro con letras blancas que especifique si es alto en azúcar, sodio y/o grasas. Las advertencias deberán ser escritas de manera clara, legible, destacada y comprensible.
La norma precisa que las advertencias publicitarias estarán ubicadas en la zona superior derecha de la cara frontal del producto. En caso el producto procesado requiera más de una advertencia, se seguirá el siguiente orden de derecha a izquierda de la etiqueta: alto en sodio-alto en azúcar-alto en grasas saturadas.
¿Qué productos llevarán octógonos?
De acuerdo con el Manual de Advertencias Publicitarias de la Ley de Alimentación Saludable cualquier producto que tenga más de 50 centímetros cuadrados de superficie debe llevar los octógonos de advertencia.
Los productos que superen los parámetros de ley deberán rotular sus etiquetas, con avisos de alto en grasas saturadas, azúcar y/o sodio. Los márgenes designados son:
-Sodio
En alimentos sólidos, mayor o igual a 800 mg / 100g. En bebidas, mayor o igual a 100 mg/100 ml.
-Azúcar
En alimentos sólidos, mayor o igual a 22,5g/100g. En bebidas, mayor o igual a 6g/100 ml.
-Grasas saturadas
En alimentos sólidos, mayor o igual a 6g/100g. Y en bebidas, mayor o igual 3g/100ml.
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