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MTPE: Empresas pueden seguir aplicando suspensión perfecta de labores hasta el 05 de abril del 2021

Las empresas podrán realizar el trámite de ampliación de suspensión en la plataforma virtual del MTPE desde el 04 de enero hasta el 08 de enero.
Las empresas podrán realizar el trámite de ampliación de suspensión en la plataforma virtual del MTPE desde el 04 de enero hasta el 08 de enero. | Fuente: Andina

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) amplió por tercera vez la suspensión perfecta de labores. Empresas deberán registrar esta extensión del plazo.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) amplió la vigencia de la suspensión perfecta de labores hasta el 05 de abril del 2021.

La Resolución Ministerial N° 315-2020-TR indica que esta prorroga, dada según el Decreto Supremo Nº 031-2020-SA, se establece debido a la extensión del estado de emergencia.

Las empresas podrán realizar el trámite en la plataforma virtual del MTPE desde el 04 de enero hasta el 08 de enero.

“Si vencido dicho plazo máximo el empleador no extiende la duración de la suspensión perfecta de labores, se entenderá que esta medida ha culminado”, se establece en la norma.

Aquellas empresas que opten por modificar el plazo de la suspensión deben comunicar este cambio a los trabajadores afectados de manera presencial o virtual.

Esta ampliación aplica a las medidas de suspensión que aún se encuentran en trámites administrativos.

Como se recuerda, anteriormente, ya se había ampliado esta medida hasta el 5 de enero de 2021. Esta es la tercera vez que se prorroga la medida.

Esta es la plataforma donde se deberá inscribir la ampliación de suspensión.

Esta es la plataforma donde se deberá inscribir la ampliación de suspensión.Fuente: MTPE

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