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Osiptel confirma multas de S/634,200 a Telefónica por esta falta muy grave

Compañía española apeló resolución de Osiptel.
Compañía española apeló resolución de Osiptel. | Fuente: Andina

La empresa española Telefónica no utilizó el mecanismo del sistema de validación biométrica de huella dactilar para validar la identificación del abonado.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundada la apelación de Telefónica y confirmó una multa S/634,200 (151 UIT) por una infracción considerada como muy grave por el regulador.

Telefónica fue multada por no haber utilizado el mecanismo del sistema de validación biométrica de huella dactilar para validar la identificación del abonado que contrató el décimo primer servicio móvil o superior en el periodo del 1 de octubre de 2015 al 1 de junio de 2016; en el que se contrató un total de 28 142 líneas.

Luego de un proceso de apelación y audiencias, Osiptel decidió sancionar a Telefónica con una multa de 151 UIT, respecto de 18,859 líneas y archivar el extremo del procedimiento respecto a 9,283 líneas.

La imposición de una sanción a Telefónica tiene como fin disuadir a la empresa operadora con la finalidad de que en adelante cumpla con el marco normativo exigido; asimismo, tiene una finalidad represiva, en tanto la conducta infractora no permite la correcta identificación de los abonados e incrementa la posibilidad que éstos se vean involucrados en investigaciones de delitos o actos ilícitos efectuados a través de líneas telefónicas.

“La determinación de la sanción resultaba la medida más idónea para desincentivar la conducta infractora de la empresa operadora y, además, agrega que en dicha resolución se sustentó lo motivos por los cuales no aplicaba medidas menos gravosas tales como las Comunicaciones Preventivas, Medidas de Advertencia y Medidas Correctivas”, explica el regulador en su resolución.

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