Pizza Raúl fue multada con S/ 18,671.5 tras entregar una pizza incorrecta y no brindar solución al cliente. Indecopi resolvió el caso a favor del denunciante por incumplir con la idoneidad del servicio, según el Código del Consumidor.
Pierre's Pizza S.A.C. (identificada como Pizza Raúl en el expediente) fue sancionado por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Indecopi a través de la Resolución Final N° 1052-2025/PS3. Ello debido a que la empresa fue responsable de infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor tras una denuncia presentada por un usuario.
La denuncia se originó el 4 de septiembre de 2023, cuando el señor reportó que, tras adquirir una pizza americana gigante mediante la orden N° 3470303 el 30 de agosto de 2023, recibió en su lugar una pizza hawaiana.
Pese a solicitar el cambio de forma "inmediata", el proveedor "no le brindó una solución". Las conversaciones de WhatsApp y las fotografías de la pizza con trozos de piña sirvieron como evidencia clave en el proceso.
Indecopi determinó que Pizza Raúl incumplió lo establecido en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que responsabiliza a los proveedores por "la calidad e idoneidad de los productos y/o servicios que ofrecen en el mercado". La idoneidad se define como "la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe".
Dado que Pizza Raúl no se apersonó al procedimiento ni presentó descargos, el órgano resolutivo procedió a valorar únicamente los elementos probatorios ofrecidos por el denunciante.
Conforme al principio de presunción de veracidad en el derecho administrativo sancionador, las afirmaciones del señor Alarcón se consideraron ciertas al no existir prueba en contrario que desvirtuara lo alegado. El proveedor tampoco pudo justificar la entrega errónea con una "causa objetiva, justificada y no previsible" que rompiera el nexo causal.
Las sanciones y para Pizza Raúl
Como resultado de la infracción, se impusieron las siguientes medidas a Pierre's Pizza S.A.C.:
- Una multa ascendente a 3.49 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/ 18,671.5. El monto se calculó considerando la cuantía afectada del servicio (S/ 47.80, equivalente a 0.01 UIT, considerado un nivel de afectación "bajo") y la condición de la empresa como "gran empresa".
- Se ordenó la devolución de S/ 47.80 al señor Alarcón, correspondiente al costo de la pizza. Este pago deberá efectuarse en un plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación de la resolución.
- Pizza Raúl deberá pagar S/ 36.00 por las costas del procedimiento en favor del denunciante, también en un plazo de quince (15) días hábiles.
Otros detalles del proceso
La resolución también abordó dos puntos adicionales, como la conclusión del procedimiento contra la co-denunciada. El proceso iniciado contra la señora Zaida Inés Palomino Landa fue declarado concluido por una "causa sobreviniente". Esto se debió a la "imposibilidad de notificación de los actos emitidos por parte de este Órgano Resolutivo", ya que el denunciante no realizó las publicaciones requeridas en un diario de circulación nacional para su notificación.
Además, el reclamo sobre la presunta falta de atención oportuna a la queja vía WhatsApp (hecha el 30 de agosto de 2023 y atendida al día siguiente) fue declarado improcedente. Indecopi consideró que, cuando el señor Alarcón presentó la denuncia administrativa (4 de septiembre de 2023), Pizza Raúl aún se encontraba dentro del plazo legal de quince (15) días hábiles para responder al reclamo.
Por lo tanto, el denunciante "no se encontraba aún en la necesidad de acudir ante la Autoridad Administrativa a fin de ver resarcido su derecho", lo que implica una falta de "interés para obrar".
Finalmente, la resolución dispone la inscripción de Pierre's Pizza S.A.C. en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi, una vez que la decisión quede firme. Las partes tienen un plazo de quince (15) días hábiles para interponer un recurso de apelación contra esta resolución.