La empresa Gloria impuso una demanda en contra del Poder Ejecutivo por establecer cambios en el reglamento de la leche.
La compañía Gloria S.A no podrá volver a usar la leche en polvo para elaborar la leche en polvo que comercializa, tras una decisión del Poder Judicial.
El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada la demanda que presentó la empesa en contra del Estado luego que el año pasado el Gobierno realizara modificaciones en artículos del reglamento de la leche.
La principal modificación que se estableció era la prohibición del uso de la leche en polvo para la elaboración de la leche evaporada. Exactamente se establecía que la leche evaporada debía ser elaborada solo a partir de leche fresca en beneficio nutricional de los más de 32 millones de peruanos.
Según precisa el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), no se está prohibiendo totalmente el uso de la leche en polvo, solo no puede comercializarse bajo el nombre de "leche evaporada", pero sí puede usarse bajo la denominación como "producto lácteo".
¿Qué decía Gloria?
Luego de anunciado el cambio, Gloria solicitó la inaplicación de la disposición y el cese de todos los actos que pretendan aplicar a la empresa láctea, buscando que se permita el uso de la leche en polvo para la producción de leche evaporada.
La compañía argumentaba que la medida establecida vulneraba el derecho a la libertad de empresa, principio de jerarquía normativa, razonabilidad o interdicción a la arbitrariedad, principio de proporcionalidad, unidad del Estado, progresividad y prohibición de regresividad.
Además, señalaban que no garantizaba la inocuidad de los alimentos que reglamenta, sino únicamente busca favorecer al gremio empresarial al que pertenece el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
Ahora Gloria indica que apelará la la decisión del PJ considerando que la norma es "antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución", pero no dejará de acatar la sentencia emitida en primera instancia.
"Debemos señalar que somos una empresa que cumple a cabalidad con el marco regulatorio, que venimos aplicando estrictamente la modificación al Reglamento de la Leche y Productos Lácteos desde su entrada en vigencia, y que esta situación no se ve afectada por la resolución judicial de primera instancia arriba mencionada. No obstante, ello no impide el ejercicio de nuestro derecho constitucional a continuar cuestionando ante las instancias competentes la modificación al citado Reglamento, pues consideramos que dicha norma es antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución y a los derechos que la misma garantiza", indican en su comunicado.
Por su parte, la Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú (Agalep) indica que la demanda de Gloria solo está motivada por intereses particulares.
El gremio de lecheros indica que no se prohíbe en general el uso de la leche en polvo, es más, no usa la palabra “prohibición”, sino únicamente define el término “Leche Evaporada” aquella obtenida por la eliminación parcial del agua de la “Leche”, que es la secreción mamaria normal de animales lecheros.
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