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Poder Judicial encontró responsabilidad de Latam en cancelación de 201 vuelos desde Cusco

Entre el 2015 y el 2017 se cancelaron, reprogramaron y retrasaron 201 vuelos que partieron desde Cusco.
Entre el 2015 y el 2017 se cancelaron, reprogramaron y retrasaron 201 vuelos que partieron desde Cusco.

A pesar que aerolínea apeló en la vía judicial, con la resolución del Poder Judicial deberá pagar una multa de 100 UIT.

El Poder Judicial determinó la responsabilidad de la aerolínea LATAM en la cancelación de 201 vuelos que partían desde Cusco entre los años 2015 y 2017. Con ello, se ratifica la obligación de la empresa de pagar 98.5 UIT.

Fue la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado del Poder Judicial que ratificó la multa impuesta por el Indecopi debido a la cancelación, demora y reprogramación de los referidos vuelos.

Según lo resuelto por el Poder Judicial, la institución competente para cuestionar el retraso, reprogramación y cancelación de los vuelos es la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, por ser la encargada de resguardar el reconocimiento de los derechos de los usuarios dentro de las relaciones de consumo; y no la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como lo indicó la aerolínea en sede judicial.

La sentencia señala que el Indecopi no tenía la obligación de requerir a la DGAC información sobre los motivos por los que se cancelaron o atrasaron los vuelos, pues se estaría omitiendo el deber que tiene LATAM de presentar las pruebas necesarias ante un presunto incumplimiento del servicio hacia los consumidores, según establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

¿Qué ocurrió?

Fue la Oficina Regional de Indecopi en Cusco que encontró responsabilidad en la aerolínea por la cancelación, reprogramación y demora de 201 vuelos que partían desde el Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete, durante los años 2015, 2016, y 2017.

Dicha decisión fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi; sin embargo, la empresa colocó una demanda ante el Poder Judicial solicitando la nulidad de la decisión del Indecopi; la misma que fue declarada infundada por el 26° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima con Subespecialidad en Temas de Mercado. Asimismo, la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado confirmó dicha decisión.

Pero LATAM no se aceptó dicho fallo y presentó un recurso extraordinario de casación contra dicha sentencia, el mismo que fue declarado improcedente por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, agotando así las diversas instancias judiciales.

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