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Publican Ley Antimonopolio, que establece control a las operaciones de concentración empresarial

La Ley Antimonopolio da nuevas facultades al Indecopi para evaluar y aprobar las fusiones empresariales.
La Ley Antimonopolio da nuevas facultades al Indecopi para evaluar y aprobar las fusiones empresariales. | Fuente: Andina

Esta nueva ley, aprobada por insistencia el mes pasado, permite a Indecopi realizar un control previo de las fusiones empresariales.

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El Congreso promulgó la ley antimonopolio, que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial.

La nueva norma N° 31112 fue publicada este jueves 07 de enero en el diario oficial El Peruano.

¿Qué indica la iniciativa?

El proyecto comprende los actos de “concentración empresarial, conforme a los umbrales previstos en la presente ley, que produzcan efectos en todo o en parte del territorio nacional”.

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi únicamente evaluará las operaciones de concentración que superen los umbrales de ventas y activos previstos en la norma:

- Umbral conjunto: 118,000 UIT (equivalente a US$ 150 millones).
- Umbral individual: Por lo menos 18, 000 UIT (equivalente a US$ 23 millones).

Esto incluye actos de concentración que se realicen en el extranjero y se vinculen de manera directa o indirecta con agentes económicos que desarrollan actividades en el Perú.

Además, también se tienen en cuenta a “agentes económicos que oferten o demanden bienes o servicios en el mercado y realicen actos de concentración que produzcan o puedan producir efectos anticompetitivos en todo o en parte del territorio nacional”.

Cabe indicar que, el dictamen aprobado tomó en cuenta las observaciones del Ejecutivo y tiene un cambio en el artículo que incluía el control a entidades financiera, precisando que las operaciones de concentración empresarial que incluyan a empresas del sistema financiero tendrán solo el control previo de la SBS .

Multas

La ley indica que las infracciones administrativas se sancionan con la imposición de multas sobre la base de la UIT, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1034 que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.

Si la empresa incumple las obligaciones relativas a una medida correctiva ordenada, la Comisión impondrá una multa coercitiva de 125 UIT, la cual se paga en el plazo de cinco días hábiles.

Si no se paga en ese plazo entonce se le puede imponer otro multa duplicando sucesivamente el monto de la última multa coercitiva impuesta.

 

 

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