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SBS sería obligatorio solo para créditos hipotecarios: ¿qué significa esto?

El proyecto, que estará disponible para consultas y sugerencias de la industria y de los ciudadanos en el portal institucional de la SBS.
El proyecto, que estará disponible para consultas y sugerencias de la industria y de los ciudadanos en el portal institucional de la SBS. | Fuente: Andina

El seguro de desgravamen es un seguro de vida que permite a la entidad financiera cobrar la deuda ante el fallecimiento del cliente entre otras coberturas. ¿En qué consiste?, ¿es beneficiosa? Aquí te lo explicamos.

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Con la finalidad de proteger a los usuarios de los sistemas financiero y de seguros, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) presentó un proyecto de resolución para que el seguro de desgravamen se aplique obligatoriamente, solo en la contratación de  créditos hipotecarios. ¿De qué se trata?

¿Este proyecto de la SBS sería un beneficio para los usuarios?

Ana María Muñoz, Superintendenta Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, estuvo presente en Ampliación de Noticias por RPP y detalló cuál es el objetivo del proyecto.

"En el caso de los créditos hipotecarios, esto sí permanece. En el caso de tarjetas de crédito, créditos vehiculares, entre otros, el seguro de desgravamen será optativo. Buscamos que los usuarios puedan elegir entre una oferta de productos crediticios que tengan seguro y otros que no tengan este seguro de desgravamen", expresó.

En el caso de los otros créditos, la SBS espera "establecer la posibilidad de que los usuarios puedan elegir entre una oferta de productos crediticios que tengan seguro y otros que no tengan este seguro desgravamen".

Es decir, que las empresas del sistema financiero tengan dos opciones en su portafolio de productos, uno con seguro de desgravamen y otro sin seguro de desgravamen, para que los clientes puedan escoger.

Por su parte, el profesor de Pacífico Business School y experto en finanzas, Jorge Carrillo Acosta, considera que esta medida no sería la mejor.

"Yo no estoy de acuerdo con la propuesta de eliminar el seguro de desgravamen para los créditos no hipotecarios, porque hay que recordar que hasta hace unos años, algunos bancos manejaban una especie de auto seguro de desgravamen, o sea, solo tasa de interés y lo que hacían era generar un fondo cada mes para cubrir siniestros de vida, no para cubrir muertes de los clientes", sostuvo. 

Consideró que se le estaba otorgando al banco la administración de un riesgo que no domina, del cual no tiene experiencia, pues "los bancos no son compañías de seguros para manejar riesgos de vida o riesgos de muerte". 

Por otro lado, lo que sí considera que no le falta razón a la SBS es en el tema de las comisiones.

"Por ejemplo, si un seguro es realmente cobra 10 soles, la verdad es que a fin de mes de esos 10 soles, le dan 9 soles al banco como comisión. Entonces, al final, el seguro real termina siendo un sol solamente que de cara al cliente la compañía de seguros le cobra los 10"

En este sentido, considera que es correcto cuando la SBS dice quiero revisar el sistema de comisiones pues opina que "no puede ser que el margen para el banco sea tan grande al final están escondiendo una comisión detrás de un gasto como un seguro".

¿Qué ocurrirá en los casos de otros productos financieros?

De acuerdo a la SBS, en el caso de otros productos financieros, como las tarjetas de crédito, su adquisición será opcional y no estará permitido dividir el pago de la prima por tipo de moneda u otro criterio. El proyecto también abordará el tema de la comisión que se cobra por la comercialización de dicho seguro.

Así lo anunció Sergio Espinosa, superintendente de Banca, Seguros y AFP, durante su presentación en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso.

Al respecto, el experto está de acuerdo con esta medida, "porque el mercado de tarjetas se puede manejar sin seguro porque son montos muy pequeños en la mayoría de los casos". 

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¿Qué es un seguro de desgravamen?

El seguro de desgravamen es un seguro de vida que permite a la entidad financiera cobrar la deuda ante el fallecimiento del cliente entre otras coberturas.

"Si el cliente muere, la deuda queda pagada, lo cual es un beneficio para la entidad financiera. De lo contrario tendría pues que ir contra el cónyuge del cliente o rematar los bienes de cliente, o si no hay cónyuge ni hay bienes, perdería la posibilidad de cobrar el dinero adeudado", explicó Carrillo.

Recala además, que este hecho es también un beneficio para la familia del cliente porque no se va a poner en riesgo la herencia que podría dejar la persona que fallece. "Es un beneficio para ambas partes", añadió.

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Geraldine Hernández

Geraldine Hernández Periodista de economía

Periodista por la PUCP, con más de 5 años de experiencia en medios de comunicación. Con interés en temas de economía, agro, minería y sociales.

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