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Sunat amplía plazo para que mypes emitan facturas y boletas de venta electrónicas

Actualmente más del 93.9% de las ventas ahora se efectúan con facturas, boletas y otros documentos de pago electrónicos.
Actualmente más del 93.9% de las ventas ahora se efectúan con facturas, boletas y otros documentos de pago electrónicos. | Fuente: Andina

La Sunat anunció extensión del plazo para que las mypes tengan meses adicionales para incorporarse a la facturación electrónica.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó nuevas fechas a partir de las cuales las micro y pequeñas empresas (mypes) deberán emitir facturas y boletas de venta electrónicas.

Para los contribuyentes que durante el año 2019 obtuvieron ingresos de entre S/ 96,600 y S/ 315,000 (de 23 UIT a 75 UIT) la emisión de factura electrónica se dará a partir del 1 de enero de 2022.

Mientras que la emisión de boleta de venta electrónica se dará a partir del 1 de abril de 2022.

Anteriormente el plazo era hasta el 01 de septiembre, pero se extendió el plazo para que tengan meses adicionales para adoptar sus sistemas e incorporarse a la facturación electrónica.

En el caso de los contribuyentes que durante el año 2019 obtuvieron ingresos menores a S/ 96,600 (23 UIT), la obligación de emitir facturas electrónicas iniciará el 1 de abril de 2022.

Para ese grupo la emisión obligatorio de boletas de venta electrónica comenzará el próximo 1 de junio de 2022, y ya no el 01 de enero del 2022.

“El establecimiento de nuevas fechas para la emisión obligatoria de CPE obedece a la necesidad de brindar a estas empresas la oportunidad de terminar sus procesos de implementación de la facturación electrónica que, por diversos factores, en varios casos no ha concluido”, precisó la Sunat.

Actualmente más del 93.9% de las ventas ahora se efectúan con facturas, boletas y otros documentos de pago electrónicos, es decir, a diario se emiten 6.6 millones de comprobantes de pago electrónicos.

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