El pago de obligaciones tributarias de febrero, marzo, abril, mayo y junio han sido prorrogadas en nuevas fechas.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió la postergación de obligaciones tributarias mensuales de los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio.
Esta medida beneficiará a personas naturales y el 99.5% de empresas que el año pasado hayan tenido una facturación menor a S/21 millones o 5,000 UIT.
El nuevo cronograma establece que la declaración y pago de estos impuestos se realizará de acuerdo con el último dígito del RUC.
Las obligaciones de marzo se presentarán del 12 al 22 de junio; las del mes de abril serán del 03 al 13 de julio; las de mayo han sido movidas entre 14 al 22 de julio; y las de junio del 05 al 13 de agosto.
Si eres un contribuyente que percibe ingresos de hasta S/9,660,000 las declaraciones de febrero serán prorrogadas hasta junio, exactamente del 04 al 11 de junio.
La finalidad de esta medida es apoyar a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas para que puedan enfrentar el impacto de la emergencia nacional.
Mes al que corresponde la obligación | Fecha de vencimiento según el último dígito del RUC | ||||||
0 | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 | Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9) | |
Marzo 2020 (1) | 12 de junio de 2020 | 15 de junio de 2020 | 16 de junio de 2020 | 17 de junio de 2020 | 18 de junio de 2020 | 19 de junio de 2020 | 22 de junio de 2020 |
Abril 2020 (1) | 3 de julio de 2020 | 6 de julio de 2020 | 7 de julio de 2020 | 8 de julio de 2020 | 9 de julio de 2020 | 10 de julio de 2020 | 13 de julio de 2020 |
Mayo 2020 (1) | 14 de julio de 2020 | 15 de julio de 2020 | 16 de julio de 2020 | 17 de julio de 2020 | 20 de julio de 2020 | 21 de julio de 2020 | 22 de julio de 2020 |
Junio 2020 (1) | 5 de agosto de 2020 | 6 de agosto de 2020 | 7 de agosto de 2020 | 10 de agosto de 2020 | 11 de agosto de 2020 | 12 de agosto de 2020 | 13 de agosto de 2020 |
La resolución N° 075-2020/SUNAT señala que esta nueva postergación evitará, además, que las declaraciones y pagos de las obligaciones mensuales de febrero, marzo y abril se concentren en junio.
Además, se prorrogan las fechas para la presentación del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras, de acuerdo al detalle que se muestra en el siguiente cuadro:
Mes al que corresponde la obligación | Fecha de vencimiento según el último dígito del RUC | ||||||
0 | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 | Buenos contribuyentes (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9) | |
Marzo 2020 | 11 de junio de 2020 | 12 de junio de 2020 | 15 de junio de 2020 | 16 de junio de 2020 | 17 de junio de 2020 | 18 de junio de 2020 | 19 de junio de 2020 |
Abril 2020 | 2 de julio de 2020 | 3 de julio de 2020 | 6 de julio de 2020 | 7 de julio de 2020 | 8 de julio de 2020 | 9 de julio de 2020 | 10 de julio de 2020 |
Mayo 2020 | 13 de julio de 2020 | 14 de julio de 2020 | 15 de julio de 2020 | 16 de julio de 2020 | 17 de julio de 2020 | 20 de julio de 2020 | 21 de julio de 2020 |
Junio 2020 | 4 de agosto de 2020 | 5 de agosto de 2020 | 6 de agosto de 2020 | 7 de agosto de 2020 | 10 de agosto de 2020 | 11 de agosto de 2020 | 12 de agosto de 2020 |
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