Conoce aquí quienes están obligados a declarar el Impuesto a la Renta correspondiente al 2019 y cuál es el procedimiento que deberán seguir.
Hoy martes 21 de julio inicia el cronograma final para que personas naturales y micro, pequeñas y medianas empresas realicen la declaración anual del Impuesto a la Renta (IR).
El vencimiento de esta declaración había sido postergado debido a la pandemia de COVID-19 y los efectos económicos que ha generado.
En este nuevo cronograma se incluyen a todos los contribuyentes que tuvieron ingresos de hasta 5 mil UIT, es decir, S/ 21 millones.
A continuación las fechas establecidas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), de acuerdo con el último dígito de tu RUC:
Se exceptua de estas fechas a los Principales Contribuyentes (Pricos), cuyo cronograma de declaración venció el pasado 9 de julio.
Actualmente más del 50% de contribuyentes ya han presentado su declaración de IR, es decir, alrededor de 1 millón 285 mil.
¿Cómo realizar la declaración?
Las personas naturales, sean trabajadores independientes o tengan ingresos por arrendamiento, deben presentar la declaración usando el formulario virtual N° 709. Las empresas deberán usar el formulario virtual 710.
El formato de los formularios puedes encontrarlos ingresando en la plataforma “Sunat Operaciones en Línea - SOL".
Al terminar el formulario, el trabajador podrá solicitar la devolución de impuestos en caso exista un saldo a favor. Pero, en caso se determine un impuesto por pagar esto se podrá abonador por medios virtuales o se puede solicitar un fraccionamiento de la deuda.
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