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Alianza Lima jugará ante la 'U' de Chile en cuartos de final: Conmebol descalificó a Independiente del certamen

Alianza Lima clasificó a esta instancia tras eliminar a Universidad Católica de Ecuador.
Alianza Lima clasificó a esta instancia tras eliminar a Universidad Católica de Ecuador. | Fuente: Alianza Lima - Universidad de Chile

Conmebol emitió su decisión final y confirmó este jueves que la Universidad de Chile jugará los cuartos de final de la Copa Sudamericana 2025.

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Terminó la espera. La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) anunció este jueves su fallo sobre el choque suspendido por violencia entre Independiente de Argentina y Universidad de Chile, que salió airoso en la sentencia, por lo cual clasificó a los cuartos de final de la Copa Sudamericana 2025.

A través de sus redes sociales, el máximo ente del fútbol sudamericano dio a conocer el fallo definitivo y confirmó que la 'U' de Chile enfrentará a Alianza Lima en la siguiente ronda de la Sudamericana.

¿Cuándo jugarán Alianza Lima y U de Chile los cuartos de final de la Copa Sudamericana?

"Descalificar al Club Independiente de la presente edición de la CONMEBOL Sudamericana 2025, sin exclusión de futuras competiciones", dice el inicio del comunicado de la Conmebol.

A su vez, indicó que Independiente jugará a puertas cerradas sus siguientes siete partidos en condición de local en competencia de la Conmebol.

También se indicó que el 'Rojo' será multado por 250 mil dólares. "El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio", apuntó.

Hay que indicar, que los cuadros de Chile y Argentina expusieron sus descargos el martes pasado en la audiencia que se llevó a cabo en la sede de la Conmebol.

'U' de Chile también recibió sanciones

El comunicado también destacó que la Universidad de Chile tendrá que jugar a puerta cerrada sus siguientes siete partidos en condición de local en competiciones de la Conmebol. Es decir, jugará sin público cuando reciba a Alianza Lima en la vuelta de los cuartos de final de la Sudamericana.

Además, el popular equipo de Chile jugará sus siguientes siete partidos en condición de visitante, en competiciones de Conmebol, sin sus aficionados.

El rival de Alianza también fue multado por 270 mil dólares, entre otros, por la infracción al artículo 15.2 del Código Disciplinario de la Conmebol en concordancia con el artículo 27.

¿Cuándo y dónde juegan Alianza vs 'U' de Chile por Copa Sudamericana?

El partido de ida entre Alianza vs 'U' de Chile se disputará este jueves 18 de septiembre en el estadio Matute en Lima. El recinto tiene capacidad para 33.938 espectadores aproximadamente.

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Comunicado completo de la Conmebol:

RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE, por la infracción a los artículos 8.1, 8.2, 12.1 literales a), b) y d), 12.2 literales a), b), i), y j) del Código Disciplinario de la CONMEBOL; al artículo 22 literales a) y g) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL 2025 y al artículo 5.1.11 del Manual de clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025, las siguientes sanciones:

1.1. DESCALIFICAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE de la presente edición de la CONMEBOL Sudamericana 2025, sin exclusión de futuras competiciones.

1.2. OBLIGACIÓN de jugar a PUERTA CERRADA sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de local en competiciones CONMEBOL.

1.3. OBLIGACIÓN de jugar sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de visitante, en competiciones CONMEBOL, sin aficionados del CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE.

1.4. MULTA de USD 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES).El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE una MULTA de USD 100.000 (CIEN MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 15.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE, por la infracción a los artículos 8.1, 12.2 literales b), c), i) y j) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, las siguientes sanciones:

3.1. OBLIGACIÓN de jugar a PUERTA CERRADA sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de local en competiciones CONMEBOL.

3.2. OBLIGACIÓN de jugar sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de visitante, en competiciones CONMEBOL, sin aficionados del CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE.

3.3. MULTA de USD 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES).El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4°. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE una MULTA de USD 120.000 (CIENTO VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 15.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5°. ORDENAR alCLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE a realizar en su siguiente partido en condición de local en competiciones CONMEBOL, las siguientes activaciones:

5.1          EXHIBIR un cartel con la frase “BASTA DE RACISMO, DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA” en el Protocolo de inicio de partido, al momento de la formación de los equipos frente a la tribuna de honor. El diseño y medidas del cartel será informado por la Dirección de Marketing de la CONMEBOL.

5.2         PUBLICAR en las redes sociales oficiales de los Clubes una campaña comunicacional con la frase “BASTA DE RACISMO, DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA” durante los tres días previos a su próximo partido, la cual tendrá que ser aprobada previamente por la Dirección de Marketing de la CONMEBOL.

6º. ADVERTIR expresamente que a los partidos a puertas cerradas única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas:

  1. Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.
  2. Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de su Asociación.
  3. Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.
  4. Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.
  5. 12 (doce) Pasapelotas.
  6. Policías, empleados de seguridad y/o vigilancia privada que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.
  7. Equipo médico requerido acorde a lo establecido en el Manual de la Competición.
  8. Personas que desempeñan funciones en relación con la operativa e infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.).
  1. Todo Oficial de partido o colaborador que la CONMEBOL requiera necesario para el desarrollo del partido.
  2. Un máximo de 70 (setenta) de la delegación del equipo visitante incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

7º. ADVERTIR expresamente alCLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

8º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE. Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el artículo 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

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