Crisólogo Cáceres, presidente de la Aspec, indicó que Indecopi puede establecer sanciones que van desde una amonestación a una multa de hasta 450 UIT, es decir, 1´620,000 nuevos soles.
El maltrato que sufrieron los asistentes al concierto de la banda puertorriqueña Calle 13, que inició su concierto en Lima con cinco horas de retraso, configura en un caso de violación a los derechos del consumidor.
Crisólogo Cáceres, presidente de la Aspec, explicó que todos los consumidores tienen derecho a recibir un servicio idóneo cuando adquieren un producto, caso contrario deben ser resarcidos con un reembolso.
En ese sentido, indicó que su institución representará a los afectados y señaló que se encuentran recibiendo las quejas a través de su portal www.aspec.org.pe y la línea (4485000).
"Cuando uno va a un concierto, uno espera que el producto comience a la hora, que las butacas estén correctas, que la seguridad esté garantizada, y del grupo un comportamiento adecuado, es decir, se espera que no utilice playback o cintas para no cantar", expresó en los estudios de RPP Noticias.
Recomendó que las empresas productoras de estos conciertos establezcan en los contratos con los representantes de los cantantes, cláusulas penales en los que se precise que en caso de incumplimiento del contrato se penalizará al artista.
Añadió que los consumidores afectados pueden iniciar una acción legal contra Calle 13 y advirtió que Indecopi puede establecer sanciones que van desde una amonestación a una multa de hasta 450 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), es decir, 1"620,000 nuevos soles.
Sobre la denuncia de uno de los fanáticos que afirma haber sido golpeado y lanzado a empujones por personal de seguridad de los cantantes, indicó que en caso de lesiones físicas se deben buscar responsables y puede ameritar una indemnización.
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