El Tribunal Constitucional (TC) falló a favor de un grupo de discapacitados a quienes se les negó la entrada de sus perros guía a instalaciones de Supermercados Peruanos S.A. Plaza Vea.
Los supermercados no podrán restringir el ingreso de las personas con discapacidad visual asistidos por sus perros guía, gracias a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC).
Ello se desprende de un fallo del órgano de control que declara fundado el amparo interpuesto por el ciudadano Jane Cosar Camacho y otros en contra de Supermercados Peruanos S.A. Plaza Vea, y ordena a esa empresa que se garantice a las personas invidentes con perros guías, que su permanencia en sus instalaciones sea de manera "ilimitada, constante y sin trabas".
Plaza Vea prohibía el ingreso de todo tipo de animales a sus supermercados en base al Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Autoservicios de Alimentos y Bebidas.
Dicho establecimiento poseía un sistema por el cual se cuidaba al perro guía mientras el cliente hacía sus compras asistido por personal de la empresa; lo que, en opinión de los demandantes, afecta sus derechos.
Los agraviados alegaban que los perros guía son para las personas ciegas, como la silla de ruedas para las personas con discapacidad física, o como el audífono para una persona con baja audición, más allá de su carácter de seres vivos.
El TC juzgó que una persona con discapacidad visual puede acceder al entorno físico de la manera más autónoma y segura posible si está asistido por perros guía, cuyo riguroso entrenamiento y especiales características físicas determinan que “cuando la vida e integridad de su dueño está en peligro, los perros guías están adiestrados para obedecerlo con la finalidad de salvaguardarlo”.
El Colegiado concluyó que la prohibición dispuesta por Plaza Vea afecta el derecho a la igualdad y no discriminación.
Comparte esta noticia