El cambio, que entrará en vigencia a partir del próximo 30 de junio, obligará a los padres a llegar a un acuerdo sobre el orden de los apellidos del menor.
El apellido del padre dejará de ser el primero a la hora de inscribir a un hijo recién nacido España. A partir del próximo 30 de junio, cuando entre en vigencia una reforma del Registro Civil, los padres deberán de ponerse de acuerdo para establecer el orden de los apellidos que llevarán sus hijos.
Según explica el diario El Mundo, habrá un límite de tres días para acordar el orden de los apellido. Pasado este tiempo, si no se ha presentado, el encargado del Registro Civil será quien elija. Algunos de los recursos que con los que este funcionario elegiría el orden son el orden alfabético, un sorteo o la estética: que combinación suena mejor con el nombre del niño.
Esperan acuerdos. Sin embargo, fuentes del Ministerio de Justicia explicaron a Europa Press que “es de suponer la existencia de acuerdo entre los progenitores en la mayoría de los casos” y que la medida no provocaría demoras ni mayor cargo de trabajo. La reforma también ofrece la posibilidad a que cuando el menor sea mayor de edad, pueda cambiar el orden de sus apellidos e incluso pueden incluir los apellidos compuestos de ambos padres, si los tuvieran.
Desde el año en 2000, España permite que un niño sea inscrito con el apellido de la madre en primer lugar si los padres envían al juez encargado del Registro Civil una solicitud y un certificado de mutuo acuerdo. En el resto de casos, como en el Perú, se da preferencia al apellido paterno. La reforma obliga a los padres a ponerse de aceurdo en todos los casos, lo que según la abogada Anna Salort, citada por el mismo medio, permitiría “acercarse más a la igualdad”.
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