Manuel Monteagudo, miembro del Tribunal Constitucional, comentó en RPP Noticias sobre la resolución de la entidad para que no se devuelva la totalidad de aportes a los fonavistas y los problemas constitucionales que encontraron.
El Tribunal Constitucional resolvió en parte la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso de la República sobre la ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores. Se determinó que los fonavistas solo deben recibir los aportes que realizaron, pero no los efectuados por los empleadores, incluidos en el Estado y otros. Sin embargo ¿qué implica esta decisión del TC?
"Es un caso que tiene elementos que tiene que ver con derechos de propiedad. En el tribunal también vemos relacionado con la constitución económica del país. Es decir, normas constitucionales que obligan cumplir ciertos principios, uno de ellos es el equilibrio presupuestario, estabilidad fiscal monetaria en mandato de la Constitución para proteger los derechos fundamentales de todos nosotros", declaró Manuel Monteagudo, miembro del Tribunal Constitucional, en Las Cosas como Son de RPP TV.
Sobre la situación del Congreso señaló que hay prohibición para que los congresistas ejerzan "esta potestad de manera individual y puedan genera el desequilibrio". "La Constitución tiene una serie de prohibiciones como prohibido financiar el gobierno por parte del banco. Se protege a la sociedad de los equilibrios financieros", añadió Monteagudo.
Al ser consultado sobre la devolución de aportes totales a los fonavistas, dijo: "Si nosotros le imponemos al fisco la devolución de los empleadores, la devolución del Estado, la devolución de las aportaciones, la doble remuneración, esto no se va a poder devolver. Es prácticamente, en términos realistas, un mecanismo que es razonable fiscalmente y otro que va a ser imposible la devolución".
Discusión sobre problemas constitucionales
El magistrado del Tribunal Constitucional declaró que la ley de demanda de inconstitucionalidad presenta "problemas constitucionales serios". "Primero, incorpora la devolución no solo de los trabajadores, sino del Estado (como empleador) y de los empleadores. Esto no es conforme al parámetro establecido", dijo en Las Cosas como Son.
"En segundo lugar, establecer como actualización la tasa de interés y además el IPC...es una doble remuneración. En ninguna parte se produce una doble tasa de interés. Entonces no, la ley y el propio tribunal ha hecho referencia a una remuneración con estas características", añadió Manuel Monteagudo.
Otro elemento que el TC encontró es que "al momento de hacer un cálculo individual, hipotéticamente lo que a mí me tendrían que devolver si fuera una persona que en ese momento tuviese derecho deben excluirse los beneficios indirectos", en un caso individual.
Ello lo ejemplificó con procedimiento de instalación de servicio de agua, servicio de desagüe y electrificación ya que son personas que han hecho aportes al Fonavi y han recibido dichos servicios.
" La ley crea un mecanismo que es un título valor. Cada persona que tiene que devolverle, va a tener un título valor, dice la ley, que se redime a los cinco años. Entonces en realidad es una manera de convertir esta deuda a un vencimiento de cinco años y generar una presión sobre el fisco inmanejable", aseguró en RPP TV.
"Se pensó que este podría ser un mecanismo, un desarrollo financiero, etcétera. Pero evidentemente para tener que devolver se tiene que utilizar los fondos recuperables del Fonavi y, si no alcanza, ingresar un proceso presupuestal", añadió.
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