Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Metadata
METADATA | E246: ¿Mi PC Windows podrá utilizar Copilot+? Lo que Apple prepara para la IA y qué celulares BBB puedo encontrar en el mercado
EP 246 • 31:41
Detector de Mentiras
Detector de Mentiras: Clonan página web de RPP para promover falso proyecto de inversión
EP 54 • 01:36
El poder en tus manos
EP79 | INFORME | Congresistas con carta libre para postular en 2026: ¿los peruanos volverán a votar por ellos?
EP 79 • 03:00

Minag prohíbe uso de animales nativos y exóticos en circos

Andina - Referencial
Andina - Referencial

Autoridades de los gobiernos regionales y locales realizarán la supervisión y control para el cumplimiento de la presente norma, señala el dispositivo.

Mediante Resolución Ministerial N° 0307-2013, el Ministerio de Agricultura (Minag) dispuso que se prohíba el ingreso al territorio nacional de especímenes de fauna silvestre, pertenecientes tanto a especies nativas como exóticas, para ser empleados en espectáculos itinerantes, incluidos circos y otros espectáculos públicos.

El dispositivo, que aparece publicado este viernes en el Boletín de Normas Legales, refiere que los establecimientos circenses instalados en el país, deberán cumplir lo establecido en los "Lineamientos Técnicos para el mantenimiento en cautiverio de la fauna silvestre en circos".

Asimismo se precisa que las autoridades de los gobiernos regionales, competentes en materia forestal y de fauna silvestre, conjuntamente con las autoridades de los gobiernos locales, realizarán la supervisión y control para el cumplimiento de la presente norma.

Ambos estamentos de gobierno deberán elaborar coordinadamente, planes de trabajo y emisión de normas, las mismas que deberán sujetarse a lo dispuesto en la presente resolución ministerial y normas sobre la materia.

La norma también señala que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Minag prestará la asistencia técnica especializada a las autoridades competentes, para garantizar el cumplimiento de las actuales disposiciones, dentro del marco de sus competencias.

Finalmente, añade que se faculta a dicha dirección ministerial para que en un plazo no mayor de 30 días calendarios dicte las normas que se requieren a fin de garantizar el cumplimiento y ejecución de la presente resolución.

Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA