En declaraciones a RPP, el abogado Elio Riera informó que el INPE ya inició los trámites administrativos para dejar en libertad al expresidente Alberto Fujimori.
Lima
Alberto Fujimori abandonaría esta tarde el penal de Barbadillo, estimó su abogado
El expresidente Alberto Fujimori (1990-2000) abandonará el penal de Barbadillo, en Ate, entre la 01:00 p.m. y las 02:00 p.m. después de que el Tribunal Constitucional (TC) dispusiera restituir el indulto humanitario que recibió en diciembre del 2017. Así lo estimó su abogado Elio Riera.
En declaraciones al programa Ampliación de Noticias de RPP, el letrado informó que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) ya inició los trámites administrativos para liberar a su patrocinado, tras ser notificados de la resolución suscrita por los magistrados Franciscos Morales Saravia (presidente), Luz Pacheco (vicepresidenta) y Gustavo Gutiérrez Ticse.
“En aproximadamente en dos o tres horas deberíamos tener todo listo. Entre la 01:00 p.m. o 02:00 p.m., no debería haber mayor dilación”, señaló.
Riera también fue consultado por las declaraciones del tribuno Manuel Monteagudo, quien cuestionó anoche en RPP que la resolución, que dispone la liberación del exmandatario, se emitió sin que el resto de magistrados tuviera conocimiento.
Al respecto, la defensa legal de Fujimori Fujimori respondió que no se requería del voto de los seis magistrados para determinar la liberación del exmandatario, quien está cerca de abandonar la cárcel sin cumplir en su totalidad la condena de 25 años de prisión – impuesta el 7 de abril del 2009 – por su responsabilidad en las matanzas en Barrios Altos y La Cantuta.
“Lo que tendría que decir es que obedecemos a las salas, y en este caso bastaba con la presencia de los magistrados que han emitido el voto para que, en mayoría, pudieran emitir un pronunciamiento final. ¿Qué podría decir? Que está ceñido al marco de la legalidad y que, al tratarse de una tutela de urgencia, no merece mayor dilación”, alegó Riera.
Los alegatos del TC
El Tribunal Constitucional estableció en su resolución que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) no tiene competencia para ordenar que no se ejecute una sentencia de un tribunal nacional; por lo tanto, dispuso la liberación del exmandatario.
Esto en referencia a un pronunciamiento de la Corte IDH, que ordenó en abril del 2022 al Estado peruano abstenerse de ejecutar una la sentencia del TC, emitida en marzo de ese año, que declaró fundado un habeas corpus a favor del expresidente.
El máximo intérprete de la Constitución también alegó que Alberto Fujimori “ha cumplido las dos terceras partes de su condena, así como su edad avanzada (85 años) y su salud se encuentra resquebrajada”.
“Esa sentencia [emitida el 17 de marzo del 2022] del Tribunal Constitucional tiene autoridad de cosa juzgada, contra ella no cabe impugnación alguna. Tampoco existe una sentencia de la Corte IDH que haya ordenado que sea dejada sin efecto, potestad que no se reconoce entre las atribuciones de ese organismo ni en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, señalaron.
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