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Congreso aseguró que José Luna sí podía votar en sesión del pleno donde se inhabilitó a Inés Tello

El Pleno del Legislativo votó el jueves la inhabilitación de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
El Pleno del Legislativo votó el jueves la inhabilitación de los miembros de la Junta Nacional de Justicia. | Fuente: Andina

El Parlamento respondió así al requerimiento de la magistrada Inés Tello, quien advirtió que el legislador José Luna, miembro de la Comisión Permanente, estaba impedido de votar el proyecto que la inhabilitó. Esto de acuerdo con lo establecido en la Constitución y el Reglamento del Congreso.

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El Congreso de la República emitió un comunicado la noche de este jueves en el que responden al pedido realizado por la magistrada Inés Tello para que se declare inexistente el acuerdo del pleno de inhabilitarla por 10 años de la función pública por infracción a la Constitución.

La magistrada argumentó que su pedido se basa en que el proyecto de resolución legislativa solo obtuvo 66 votos y no 67 tal como se requería según la Constitución y el Reglamento del Congreso. Esto debido a que el parlamentario José Luna Gálvez, quien integra la Comisión Permanente, votó en favor de su inhabilitación, pese a que no ello no está permitido.

Al respecto, desde la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Legislativo se precisó que el legislador de Podemos Perú estaba habilitado para votar en la sesión del pleno y no amerita que se tome en consideración el requerimiento de la magistrada.

“El congresista Luna Gálvez no ejerció su voto en la Comisión Permanente del 26 de febrero de 2024, por lo tanto, estaba habilitado para ejercer su voto en la sesión del pleno del jueves 7 de marzo de 2024, en consecuencia, no existe ninguna causal de nulidad en la votación”, indicaron.

Sobre votación de José Luna

Sobre este asunto también habló Omar Cairo, abogado de Inés Tello, quien señaló que el voto del congresista José Luna no debe ser validado debido a que es miembro de la Comisión Permanente del Congreso y que, por tanto, no se alcanzaron los votos para inhabilitar a su patrocinada.

Explicó que la Constitución y el Reglamento del Congreso de la República establecen “que el pleno decide si aprueba o no las acusaciones constitucionales en juicio político”, pero sin “la participación de los miembros de la Comisión Permanente”.

En esa línea, el letrado advirtió que Perú dejaría de ser una democracia, si el Parlamento toma decisiones para variar la Constitución, además de su reglamento, a fin de hacer valer el voto de José Luna.

“Esperamos que el pleno tome conciencia de que ese acuerdo no existe y que haga una declaración formal. Si no lo hace, no cambia la realidad, el acuerdo no existe, porque tiene 66 votos y el voto de un miembro de la Comisión Permanente, el cual no tiene existencia para efectos de la decisión sancionatoria a mi patrocinada”, finalizó.

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Sebastián Acosta

Sebastián Acosta Periodista

Profesional con 9 años de experiencia en coyuntura política. Trabajo también en la cobertura de temas de actualidad.

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